El Infonavit otorga prórroga para presentar el aviso de dictamen obligatorio

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Los patrones que opten por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), tendrán que presentar el aviso de dictamen en los formatos respectivos.

De acuerdo con el artículo 54 del Reglamento de inscripción, pago de aportaciones y entero de descuentos al Infonavit (Ripaedi), dicho aviso debe presentarse al instituto "dentro de los cuatro meses siguientes a la terminación del ejercicio fiscal inmediato anterior", de manera que en ese sentido el plazo debió vencer el 30 de abril de 2004.

No obstante, las autoridades del Infonavit habían manifestado que el periodo de presentación se ampliaría, ya que a partir de este ejercicio los patrones podrán optar por presentar el dictamen, a través de los medios tradicionales (por escrito) o bien, hacerlo vía Internet y el instructivo de funcionamiento de este mecanismo aún no ha sido publicado.

Ante ello, el pasado 19 de abril último, el instituto publicó en algunos de...

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