Origen de las mercancias

Páginas1749-1749
5
TITULO III
ORIGEN DE LAS MERCANCIAS
CAPITULO UNICO
COMO SE DETERMINA EL ORIGEN DE LAS MERCANCIAS PA-
RA EFECTOS DE PREFERENCIAS ARANCELARIAS
ARTICULO 9o. El origen de las mercancías se podrá determinar
para efectos de preferencias arancelarias, marcado de país de ori-
gen, aplicación de cuotas compensatorias, cupos y otras medidas
que al efecto se establezcan. El origen de la mercancía podrá ser
nacional, si se considera un solo país, o regional, si se considera a
más de un país.
El origen de las mercancías se determinará conforme a las reglas
que establezca la Secretaría o, en su caso, para los efectos que así
se determinen, conforme a las reglas establecidas en los tratados o
convenios internacionales de los que México sea parte.
CRITERIO PARA EL ESTABLECIMIENTO DE LAS REGLAS DE
ORIGEN
ARTICULO 10. Las reglas de origen deberán someterse previa-
mente a la opinión de la Comisión y publicarse en el Diario Oficial de
la Federación. Estas reglas se establecerán bajo cualquiera de los
siguientes criterios:
I. Cambio de clasificación arancelaria. En este caso se especifi-
carán las subpartidas o partidas de la nomenclatura arancelaria del
sistema armonizado a que se refiera la regla;
II. Contenido nacional o regional. En este caso se indicará el mé-
todo de cálculo y el porcentaje correspondiente; y
III. De producción, fabricación o elaboración. En este caso se
especificará con precisión la operación o proceso productivo que
confiera origen a la mercancía.
La Secretaría podrá utilizar criterios adicionales cuando no se pue-
da cumplir con los anteriores, mismos que deberán especificarse en
la regla de origen respectiva.
OBLIGACIONES DEL IMPORTADOR EN LA IMPORTACION DE
MERCANCIAS SUJETAS AL CUMPLIMIENTO DE REGLAS
DE ORIGEN
ARTICULO 11. En la importación de mercancías sujetas al cum-
plimiento de reglas de origen, el importador deberá comprobar su
origen en el tiempo y forma establecidos en los ordenamientos apli-
cables. Corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
vigilar y verificar el cumplimiento de las reglas de origen.
LEY COMERCIO EXTERIOR/ORIGEN DE LAS MERCANCIAS
9-11

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR