Organos en materia de transparencia

AutorEdiciones fiscales ISEF, S.A.
Páginas66-68
66
78-79 EDICIONES FISCALES ISEF
e) Definir con la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores, los cri-
terios para la aplicación de las técnicas censales con la finalidad de actualizar y
depurar el Padrón Electoral;
f) Recibir el Informe que presente la Dirección Ejecutiva, respecto al examen de
las observaciones formuladas por los Partidos Políticos a dicha Dirección Ejecutiva,
sobre los ciudadanos incluidos o excluidos indebidamente de las listas nominales
de electores señalando, en su caso, las modificaciones procedentes; en los plazos
establecidos en el artículo 150 de la Ley Electoral;
g) Recibir el informe que presente la Dirección Ejecutiva del Registro Federal
de Electores, respecto de las observaciones de los Partidos Políticos a las listas
nominales de electores que se entreguen en medios magnéticos, en los términos y
plazos establecidos en el artículo 151 de la Ley Electoral;
h) Vigilar la inscripción de los ciudadanos mexicanos residentes en el extran-
jero en la sección correspondiente del Padrón Electoral y en la lista nominal de
electores residentes en el extranjero, así como su actualización y depuración; en la
lista nominal de los ciudadanos residentes en el extranjero;
i) Verificar la lista nominal de electores residentes en el extranjero, así como
vigilar los trámites de credencialización que soliciten los ciudadanos mexicanos
residentes en el extranjero;
j) Conocer de los trabajos de demarcación territorial de los distritos electorales
federales y locales, incluyendo la redistritación, el reseccionamiento y la integra-
ción seccional que efectúe la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores;
k) Conocer y opinar de las estrategias y acciones de operación específicas del
Sistema Nacional de Consulta Electoral en materia registral;
l) Conocer y opinar de las estrategias y acciones de operación específicas de
los Centros Estatales de Consulta Electoral y Orientación Ciudadana, a fin de pro-
curar la mejora constante de los servicios que prestan en materia registral;
m) Conocer y opinar de los temas que con motivo de las campañas de actua-
lización solicite la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores a la Direc-
ción Ejecutiva de Capacitación Electoral y Educación Cívica;
n) Determinar el esquema de supervisiones de las Comisiones Locales y Distri-
tales de Vigilancia, para el caso de proyectos especiales de la Dirección Ejecutiva
del Registro Federal de Electores, de conformidad con las posibilidades técnicas y
presupuestales del Instituto;
o) Conocer y opinar de las actividades que lleva a cabo la Dirección Ejecutiva
del Registro Federal de Electores para verificar el porcentaje de ciudadanos ins-
critos en la lista nominal de electores requerido para solicitar consulta popular o
iniciar leyes o decretos por parte de los ciudadanos conforme lo previsto en la Ley
Federal de Consulta Popular;
p) Conocer sobre los convenios de colaboración que en materia registral se
celebren con los Organismos Públicos Locales, una vez que se hayan suscrito; y
q) Las demás que le confiera la Ley Electoral y otras disposiciones aplicables.
TITULO SEXTO
ORGANOS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA
ARTICULO 79.
1. Son órganos en materia de Transparencia:
A. El Organo Garante de la Transparencia y el Acceso a la Información;
B. El Comité de Información;
C. El Comité de Gestión y Publicación Electrónica;
D. La Unidad Técnica de Transparencia y Protección de Datos Personales; y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR