Organización y funcionamiento de los tribunales en el nuevo sistema procesal penal

AutorMónica Rodríguez Contreras
Cargo del AutorJefa de la Unidad de Causa y Sala del Juzgado de Garantía del Distrito Judicial de Juchitán, Oaxaca.
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    “Cuanto más transparente es una Institución, más sensación de eficiencia, confianza y credibilidad transmite.”

Juan José toharia

Introducción

El1 objeto del presente artículo es mostrar la nueva forma de administrar un juzgado o tribunal, así como los beneficios que apareja su debida aplicación. Beneficios que se verán reflejados al tiempo en que los señores jueces puedan desahogar sus audiencias libres de actividades rutinarias y desgastantes, que se encuentren plenamente concentrados en su labor jurisdiccional, loPage 596que traerá amplios beneficios a las partes dentro de un proceso penal, tales como, solución rápida a sus conflictos, y que el juez las escuche y perciba por medio de sus sentidos los hechos narrados en las audiencias. Este cometido que se logrará con la correcta administración que de los tiempos y recursos hagan las áreas con que cuentan los juzgados de garantía o tribunales orales, como la Unidad de Sala que se encuentra básicamente a cargo de la logística de las audiencias que se celebran; la Unidad de Informática y Servicios que tiene el deber de grabar el registro de las audiencias celebradas, así como administrar los recursos materiales asignados al juzgado o tribunal, y la Unidad de Causas que desarrolla toda tarea relativa al ingreso, registro, tramitación, control y archivo de las causas del proceso penal en el juzgado o tribunal; tareas que exigen que la labor desempeñada sea eficiente y eficaz para alcanzar las metas definidas, y mejorar la productividad de los juzgados y tribunales que es básicamente lograr que los procesos penales se concluyan en sus mejores términos tanto temporales como jurídicos, valiéndose de los recursos humanos, tecnológicos y materiales asignados.

La finalidad de este artículo, es explicar el funcionamiento y las atribuciones de las áreas y sus respectivos componentes humanos para dejar claro que la división de la administración con la labor jurisdiccional no quiere decir división de poderes o división laboral, entendida ésta como perjudicial para las funciones del juzgado o tribunal, por lo contrario, traerá a éstos transparencia, al encontrarse debidamente organizadas y controladas entre sí.

Lo anterior exige una estricta disciplina para cada una de las funciones realizadas, ya que cuando una sola área falle o tenga alguna omisión en su tarea, ello repercutirá en la labor de todo el juzgado o tribunal, más que todo desfasando los tiempos contemplados para la realización de alguna actividad. Para evitar situaciones como la supuesta anteriormente, se deberán planear los procesos a realizar; organizar la estructura necesaria para la sistematización racional de los recursos y actividades para alcanzar los objetivos planeados, y controlar, que define los estándares para medir el desempeño, corregir desviaciones y garantiza que se realice la planeación con base en metas, relacionándose directamente con la medición de los logros.

1. La administración en los juzgados penales de primera instancia que funcionan con el régimen legal anterior a la reforma procesal penal

De acuerdo a la fracción I, del artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, recae en el juez la responsabilidad de conocer de los asuntos penales, civiles, mercantiles y familiares en el orden común, y auxiliar a los tribunales federales, cuando para ello sean requeridos, lo quePage 597claro está corresponde a la función netamente jurisdiccional. Sin embargo, dentro del propio artículo 36, antes de las reformas de 31 de agosto de 2007, se le imponen labores de diversa índole alejadas del fin para el cual se reserva la figura del juez, a saber: llevar al corriente los libros de control que ordenara la superioridad; recibir y entregar el juzgado con formal inventario, es decir, tenía que llevar el control de los recursos materiales asignados, ser el jefe administrativo del juzgado, y por ende, vigilar que el juzgado a su cargo prestara adecuadamente la atención al público en general, cumpliendo con los horarios establecidos; en caso de notoria urgencia, conceder licencias económicas hasta por tres días al personal a su cargo; sancionar a los funcionarios que de él dependen, por faltas del orden laboral y a la función pública; remitir al archivo general del Poder Judicial, los expedientes que de acuerdo al reglamento deban ser depositados en éste; remitir dentro del improrrogable plazo de setenta y dos horas al Fondo para la Administración de Justicia, las cantidades que le fueran entregadas por concepto de multas, fianzas, depósitos y consignaciones, pues de no hacerlo se le aplicarían las sanciones previstas en la ley; verificar que las instalaciones del juzgado se encontraran en buen estado, tramitar el pago de los gastos que se generaran con motivo de la compra de insumos necesarios para su funcionamiento, etcétera.

Como puede apreciarse, el juez, además de tener bajo su responsabilidad el resolver los asuntos penales de que conoce el juzgado al que estuviere adscrito —atendiendo a la materia de que se trata—, tiene también que hacerse cargo de cuestiones que por la naturaleza propia de su perfil profesional, le son ajenas, es decir, nos encontramos frente a una administración empírica.

Por ende, su función resulta complicada y desgastante al tener que poner atención en asuntos que le obstaculizan dedicarse por entero a su labor de juzgar, esto en detrimento de la correcta tramitación de los casos penales que tienen que resolver y con la consecuente afectación de las partes involucradas en ellos, pues dicha doble labor provoca al juez retraso en la tramitación de los expedientes, salidas frecuentes de su juzgado, retardos en su horario de trabajo e inasistencia a las diligencias en que debe estar presente, resultando que mientras en el acta respectiva conste su firma, la ausencia del órgano jurisdiccional no repercutía en la validez del acto procesal de que se tratara, simulando que estuvo presidiendo la diligencia. De hecho, según un estudio del CIDE (Centro de Investigación y Docencia Económicas), el 92% de los implicados en un proceso judicial jamás vieron al juez.

Lo anterior provoca una afectación negativa en la imagen pública de los jueces, al descuidar su labor original haciéndolos blanco de descalificación, tanto por las partes en un proceso que son las que resultan más afectadas con esta doble tarea que les es asignada, como por la población en general.

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2. La nueva administración de los juzgados de garantía y tribunales de juicio oral

Para llegar a comprender con claridad el objetivo, así como los fines que persigue la nueva administración de los juzgados y tribunales establecidos como consecuencia de la reforma procesal penal en el Estado de Oaxaca, resulta necesario dar a conocer al lector, los aspectos generales que le hagan vislumbrar la esencia, los fines y principios en los que se basa la administración en general.

Según José A. Fernández Arena, la administración es una ciencia social que persigue la satisfacción de objetivos institucionales por medio de una estructura y a través del esfuerzo humano coordinado2.

Este concepto lleva implícito elementos como el objetivo que se basa en que la administración siempre está orientada a lograr determinados fines o resultados, realizándolos con eficiencia, que es la capacidad de reducir al mínimo la cantidad de recursos usados para lograr los objetivos o fines de la organización, esto es, hacer las cosas bien, llevándonos a desarrollar la eficacia que es la capacidad para determinar los objetivos adecuados, para alcanzar las metas definidas, apareciendo la productividad que es básicamente la relación existente entre el producto y el insumo. Su medición es, entonces, la cuantificación de la producción obtenida y los insumos utilizados en el proceso productivo. Implica eficacia y eficiencia en el desempeño individual y organizacional, todo lo cual debe darse dentro de un grupo social, que es un elemento de suma importancia porque sin él no puede haber la administración, ya que ésta siempre se presenta dentro de un grupo social, entendiéndose como tal, un grupo de personas, empresas, instituciones, etcétera, que de alguna forma comparten los mismos objetivos.

En la administración se requiere combinar, sistematizar y analizar los diferentes recursos que intervienen en el logro de un fin común, estos son elementos que, administrados correctamente, le permitirán o facilitarán alcanzar sus objetivos, existiendo tres tipos de recursos:

  1. los materiales: el dinero, instalaciones físicas, maquinaria, muebles, materias primas, etcétera;

  2. los técnicos: como los sistemas de informática, procedimientos, organigramas, instructivos, manuales, etcétera; y

  3. los humanos: que engloban al conjunto de las personas que trabajan en una...

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