Organización de la Federación y de las Entidades Federativas

AutorPérez Chavez, José - Fol Olguin, Raymundo
Páginas1255-1258
VI. Recursos que se produzcan por la administración de valores o los
depósitos en dinero, de los recursos derivados del Fondo para la Aten-
ción de Víctimas del Secuestro, distintos a los que se refiere la fracción
anterior; y
VII.Las donaciones o aportaciones hechas a su favor por terceros, ga-
rantizando mecanismos de control y transparencia.
El fondo a que se refiere este artículo se constituirá en los términos y
porcentajes que establezca el Reglamento respectivo.
Administración del fondo por la PGR
39.- La Procuraduría General de la República administrará el Fondo,
siguiendocriterios de transparencia, oportunidad, eficiencia y racionali-
dadque serán plasmados en el reglamentocorrespondiente, el cual d e-
terminará los criterios de asignación de recursos.
Los recursos que lo integren serán fiscalizados anualmente por la Au-
ditoría Superior de la Federación.
LGPSS-ORGANIZACION
CAPITULO XII
Organización de la Federación y de las entidades
federativas
Coordinación de instituciones de Seguridad Pública
40.- Conformea lo dispuesto por el artículo 73,fracción XXI de la Cons-
titución Políticade los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Sis-
tema Nacional de Seguridad Pública y las disposiciones de esta ley, las
instituciones de Seguridad Pública de los tres órdenes de gobierno y las
procuradurías de justicia de la Federación, de los estados y del Distrito
Federal,en el ámbito de su competencia y de acuerdo a los lineamientos
que establezca el Consejo Nacional de Seguridad Pública, deberán
coordinarse para:
I. Cumplir con los objetivos y fines de esta ley;
II. Diseñar,proponer e impulsar políticas de apoyo, protección y res-
paldo a las víctimas y sus familiares;
III. Elaborar y realizar políticas de prevención social, de conformidad
con las disposiciones establecidas en la presente ley;
IV.Formular políticas integrales sistemáticas, continuas y evaluables,
así como programas y estrategias para el combate de las conductas
previstas en la presente ley;
V. Ejecutar,dar seguimiento y evaluar las políticas, estrategias y accio-
nes contra las conductas previstas en la presente ley;
VI. Distribuir, a los integrantes del Sistema, actividades específicas
para el cumplimiento de los fines de la seguridad pública y prevención,
investigación y persecución de las conductas previstas en la presente
ley;
VII. Determinar criterios uniformes para la organización, operación y
modernización tecnológica para el combate de las conductas previstas
en la presente ley;
1255 LGPSS-ORGANIZACION 39.-

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