Organización y competencia

Páginas2-3

Page 2

CAPÍTULO I Del pleno del tribunal superior de justicia

Atribuciones del Pleno

ARTICULO 1.7. Corresponde al Pleno del Tribunal Superior de Justicia, dirimir los conflictos de competencia que se susciten entre las Salas.

CAPÍTULO II De las salas civiles y familiares

Atribuciones de las Salas Colegiadas civiles y familiares

ARTICULO 1.8. Las Salas Colegiadas Civiles y Familiares, conocerán:

I. De la substanciación de los recursos de apelación en contra de sentencias definitivas;

II. De las recusaciones o excusas de sus miembros, de los magistrados unitarios de su jurisdicción, así como de la oposición de las partes, y solicitar en su caso, la designación del sustituto al Presidente del H. Tribunal Superior de Justicia; y

III. De los demás asuntos que les encomiendan otros ordenamientos legales.

Atribuciones de las Salas Unitarias civiles y familiares

ARTICULO 1.8.1. Las Salas Unitarias civiles y familiares, conocerán:

I. De la substanciación de los recursos de apelación, en contra de resoluciones diversas a las sentencias definitivas;

II. De la substanciación de los recursos distintos al de apelación;

III. De las recusaciones de los Jueces;

IV. De los conflictos de competencia que se susciten entre los Jueces; y

V. De los demás asuntos que les encomienden otros ordenamientos legales.

CAPÍTULO III De los jueces de primera instancia

Atribuciones de los Jueces civiles

ARTICULO 1.9. Los Jueces de Primera Instancia de la materia civil, conocerán y resolverán de:

Page 3

(R) I. Los juicios civiles y mercantiles cuando el valor del negocio exceda de mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, o no cuantificables en dinero, con excepción de los que correspondan al derecho familiar y al mercantil, si hubiera en el lugar juzgados de estas materias. (GEM 20/12/16)

También conocerán del juicio oral mercantil, hasta por el monto que señala el Código de Comercio;

II. Los procedimientos no contenciosos;

III. La diligenciación de exhortos, cartas rogatorias, suplicatorias, requisitorias y despachos en materia civil o mercantil;

IV. Las diligencias preliminares de consignación cuando el valor exceda del señalado en la fracción I de este artículo;

V. Los demás asuntos cuyo conocimiento les atribuyan...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR