Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VII-J-SS-59

Páginas136-148
136
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-59
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE
JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
SERVIDORES PÚBLICOS. COMPETENCIA DEL TRIBUNAL FE-
DERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA PARA CONO-
CER DE LAS SANCIONES IMPUESTAS POR LA CONTRALORÍA
GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL ELECTORAL EN CONTRA
DE.- El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa es competente
para conocer de las impugnaciones efectuadas por los servidores públicos
del Instituto Federal Electoral, a los que se les impongan sanciones adminis-
trativas por la Contraloría General de ese Instituto, pues de conformidad con
el artículo 73 constitucional en la fracción XXX, el Congreso de la Unión
está facultado para expedir todas las leyes que sean necesarias, a objeto de
hacer efectivas las facultades señaladas en el propio precepto, entre las que
se encuentra la de expedir leyes que instituyan tribunales de lo contencioso
administrativo, dotados de plena autonomía para dictar sus fallos prevista
en su fracción XXIX-H, como lo es este órgano jurisdiccional; asimismo,
el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en sus
artículos 379 a 387 refi ere el procedimiento a seguir para determinar las in-
fracciones en que hayan incurrido los servidores públicos del citado Instituto
y en su caso imponerles las sanciones correspondientes, cuyo conocimiento
corresponde a la Contraloría General del propio Instituto de conformidad
con las excepciones que el artículo 76 de su reglamento interno establece,
precisándose de manera específi ca en el artículo 381,2. del referido Código,
en relación al procedimiento para determinar las responsabilidades de los
servidores públicos del referido Instituto, que a falta de disposición expresa
son de aplicación supletoria en lo conducente las reglas de sustanciación y
resolución del procedimiento sancionador, la Ley Federal de Responsabili-
dades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley de Fiscalización
Superior de la Federación, abrogada esta última por la Ley de Fiscalización
y Rendición de Cuentas de la Federación, en vigor al día siguiente de su
publicación, el 29 de mayo de 2009, en la que en su artículo 69, refi ere que
las sanciones y demás resoluciones emitidas por la Auditoría Superior de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR