Operatividad de la Reforma Laboral

AutorRubén Portillo Arroyo
CargoProfesor de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua
Páginas59-74
Quid Iuris, Año 10, Volumen 30 septiembre-noviembre 2015 59
OPERATIVIDAD DE LA REFORMA
LABORAL
Que entró en vigor el 1o de diciembre del 2012 mediante el decreto que
reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del
Trabajo.
Rubén Portillo Arroyo*
SUMARIO: I. Planteamiento del problema; II. Reforma laboral mediante
el decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la ley
federal del trabajo que inicia su vigencia el 1o de diciembre del año 2012;
III. Perspectivas en el marco de la reforma laboral; IV. Conclusión.
* Profesor de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de
Chihuahua, impartiendo las cátedras de Derecho Laboral Individual, Derecho Colectivo del
Trabajo, Derecho Procesal Laboral, Teoría General del Estado y Ética del Abogado. Licenciado
en Derecho con el grado de Maestría en Derecho Político y Administración Pública y Doctor
en Derecho. Ha tenido la responsabilidad de ocupar los puestos de Director General de Inspectores
del Trabajo, Coordinador de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en Chihuahua, Presidente
de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Presidente del Colegio de Abogados, A.C.,
Asociación Chihuahuense de Abogados. Director de la Facultad de Derecho de la Universidad
Autónoma de Chihuahua. Abogado postulante.
Recibido: 4 de marzo 2015
Aceptado: 18 de marzo 2015
Quid Iuris, Año 10, Volumen 30 septiembre-noviembre 2015
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Resumen: El contenido de este artículo se ha denominado la Operatividad de la Reforma
Laboral que entró en vigor el 1o de diciembre del año 2012 mediante el decreto que reforma,
adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, al contenido de la
reforma que sería la nueva legislación con la que se impartiera justicia del trabajo se le dio
una amplia publicidad por parte del órgano del Estado donde se privilegia que su contenido
tenía como propósito encontrar mecanismos que favorecieran la competitividad y
productividad de los centros de trabajo para lo cual se introducían instituciones muy
novedosas que por modernas le eran atractivas a la población mexicana por lo que se hace
necesario hacer un estudio oportuno de estas una vez que hemos experimentado el tiempo
necesario para constatar su operatividad o bien insistir en una modificación integral de la
justicia del trabajo oportuna y moderna.
Palabras clave: Reforma laboral, Ley Federal del Trabajo, Estado mexicano, relación de
trabajo y Estado mexicano.
Abstract: The content of this article has been called the Operation of the labor reform
which came into force on 1 December 2012 by decree amending, adds and repeals several
provisions of the Federal Labor Law , the content of the reform would be the new legislation
in which labor courts are imparted was given wide publicity by the state body where it
favors its content was intended to find mechanisms that improve the competitiveness and
productivity of the workplace for such institutions, for which very new modern and
attractive institutions were introduced to the Mexican population so it is necessary to
make a timely study of these once you’ve experienced the time to verify their operation or
insist on a comprehensive amendment of timely and modern justice work.
Key words: Labor reform, Federal Labor Law, Mexican State, employment relationship
and Mexican State.
Rubén Portillo Arroyo

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