¿Es obligatorio presentar la información de las razones por las cuales no se realiza el pago por cada uno de los meses del ejercicio, correspondiente a los pagos provisionales de ISR y IETU?

Páginas57-58

Page 57

Soy contador independiente. Uno de mis clientes es una persona física que se dedica a prestar servicios de medicina conforme al régimen de las actividades empresariales y profesionales. Regularmente, mi cliente no tiene que efectuar pagos provisionales mensuales de ISR y de IETU, pues con motivo de sus deducciones, así como de las retenciones que le efectúen las personas morales que le realizan los pagos, la cantidad a pagar cada mes es $0. Por ello, presenté la información de las razones por las cuales no se realiza el pago de ambos impuestos, sólo por lo que corresponde a enero, ya que tengo entendido que cuando se presenta la primera información del ejercicio no se deben presentar las de los demás meses; sin embargo, en un curso de impuestos al que asistí recientemente, el expositor comentó que es obligatorio presentar esa información cada mes. Ignoro si esto es verdad.

Lector de Tlaxcala, Tlaxcala

Pregunta

¿Es obligatorio presentar la información de las razones por las cuales no se realiza el pago por cada uno de los meses del ejercicio, correspondiente a los pagos provisionales de ISR y IETU?

Respuesta

No es obligatorio presentar la información de las razones por las cuales no se realiza el pago por cada uno de los meses del ejercicio, correspondiente a los pagos provisionales de ISR y IETU, siempre que se reúnan diversos requisitos, según lo que se indica a continuación:

El artículo 31, sexto párrafo, del CFF dispone lo siguiente (énfasis añadido):

31 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Los contribuyentes que tengan obligación de presentar declaraciones periódicas de conformidad con las Leyes fiscales respectivas, continuarán haciéndolo en tanto no presenten los avisos que correspondan para los efectos del registro federal de contribuyentes. Tratándose de las declaraciones de pago provisional o mensual, los contribuyentes deberán presentar dichas declaraciones siempre que haya cantidad a pagar, saldo a favor o cuando no resulte cantidad a pagar con motivo de la aplicación de créditos, compensaciones o estímulos. Cuando no exista impuesto a pagar ni saldo a favor por alguna de las obligaciones que deban cumplir, en declaraciones normales o complementarias, los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales las razones por las cuales no se realiza el pago.

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

Según se observa, cuando no exista impuesto a pagar ni saldo a favor por alguna de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR