¿Un patrón está obligado a obtener el consentimiento de los trabajadores para realizar el pago de salario mediante transferencia electrónica?

Páginas1-1

Page 1

Soy representante legal de una empresa constructora. Generalmente, nuestra empresa realiza el pago de salarios a los trabajadores administrativos y del área de ventas a través de una transferencia electrónica, mientras que a los trabajadores de la construcción se les paga el salario en efectivo. Al respecto, en días pasados se acordó que a partir de marzo de este año ya no se efectuarán pagos de salario en efectivo, sino que a partir de ese mes todos los pagos se harán por medio de transferencia electrónica. Por tal razón, informamos a los trabajadores a los que les pagamos en efectivo que la empresa les tramitará una cuenta de nómina para que puedan cobrar su salario; sin embargo, la mayoría de los trabajadores se manifestó en contra de esta modalidad de pago y solicitaron que se siga realizando en efectivo. Quisiera saber si es obligatorio obtener el consentimiento de los trabajadores para efectuar el pago de salario mediante transferencia electrónica.

Lector de Acapulco, Guerrero

Pregunta

¿Un patrón está obligado a obtener el consentimiento de los trabajadores para realizar el pago de salario mediante transferencia electrónica?

Respuesta

Sí, por lo siguiente:

1. El artículo 101 de la LFT establece que el salario en efectivo deberá pagarse precisamente en moneda de curso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR