¿Una persona física está obligada a retener el ISR y el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un local comercial?

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Soy ayudante de impuestos en un despacho de contadores públicos. Uno de los clientes de la sociedad es una persona física que realiza actividades empresariales. En fechas recientes, este contribuyente rentó un local comercial propiedad de otra persona física; al respecto, me pregunta si está obligado a retener al arrendatario algún impuesto, pues uno de sus amigos que trabaja para una agencia de automóviles le comentó que esta empresa renta sus oficinas a una persona física y le retiene tanto ISR como IVA. Ignoro si una persona física está obligada a retener el ISR y el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un local comercial.

Lector de Puebla, Puebla

Pregunta

¿Una persona física está obligada a retener el ISR y el IVA a otra persona física por el arrendamiento de un local comercial?

Respuesta

El artículo 143 de la Ley del ISR establece lo siguiente (énfasis añadido):

143. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo por el otorgamiento del uso o goce temporal de bienes inmuebles, efectuarán los pagos provisionales mensualmente, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, mediante declaración que presentarán ante las oficinas autorizadas.

Cuando los ingresos a que se refiere este Capítulo se obtengan por pagos que efectúen las personas morales, éstas deberán retener como pago provisional el monto que resulte de aplicar la tasa del 10% sobre el monto de los mismos, sin deducción alguna, debiendo proporcionar a los contribuyentes constancia de la retención; dichas retenciones deberán enterarse, en su caso, conjuntamente con las señaladas en el artículo 113 de esta Ley. El impuesto retenido...

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