¿Qué obligaciones y facultades tiene el comisario de una sociedad anónima?

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Formaré parte del consejo de administración de una sociedad anónima que se creará a principios de 2015. En relación con el comisario de la sociedad que debe nombrarse, ignoro qué obligaciones y facultades le corresponden a este funcionario.

Lector de Tlaquepaque, Jalisco

Pregunta

¿Qué obligaciones y facultades tiene el comisario de una sociedad anónima?

Respuesta

De acuerdo con el artículo 166 de la LGSM, los comisarios de las sociedades anónimas tendrán las obligaciones y facultades siguientes:

1. Cerciorarse de la constitución y subsistencia de la garantía que se exige a los administradores y gerentes, y darán cuenta sin demora de cualquier irregularidad a la asamblea general de accionistas.

2. Exigir a los administradores información mensual que incluya, por lo menos, un estado de situación financiera y un estado de resultados.

3. Realizar un examen de las operaciones, documentación, registros y demás evidencias comprobatorias, en el grado y extensión necesarios para efectuar la vigilancia de las operaciones que la ley les impone y para poder rendir fundadamente un dictamen.

4. Rendir anualmente a la asamblea general ordinaria de accionistas, un informe respecto a la veracidad, suficiencia y razonabilidad de la información presentada por el consejo de administración a la propia asamblea de accionistas. El informe deberá incluir, por lo menos, lo siguiente:

a) La opinión del comisario sobre si las políticas y los criterios contables y de información seguidos por la sociedad son adecuados y suficientes, considerando las circunstancias particulares de la sociedad.

b) La opinión del comisario sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por los administradores.

c) La opinión del comisario sobre si, como consecuencia de lo anterior, la información presentada por los administradores...

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