Obligaciones de Abril

Páginas66-66
Abril฀2010
66
Tips Fiscales
OBLIGACIONES฀FISCALES฀DEL฀MES฀DE฀ABRIL
NOTAS
Cuando por alguna de las obligaciones scales que esté obligado
a declara r el contribuyen te mediante el programa Declarac ión
Provisional o Denitiva de Impuestos Federales, en declaraciones
normales o complementarias, inc luyendo extemporáneas, no
tenga cantidad a pagar derivado de la mecánica de aplicación
de ley o saldo a favor, se informará a las autoridades las razones
por las cuales no se realiza pago, presentando la declaración
de pag o provisional o denitivo que corresponda, a través del
citado programa, llenando únicamente los datos solicitados
por el mismo. No obstante, por regla miscelánea II.2.14.4. p ara
2009 será posible efectuar el pago de contribuciones conforme a
reglas vigente s hasta el 30 de novi embre de 2006. Es decir ,
vía In ternet o mediante ventanilla bancaria .
Los contribuyentes del sector primario, podrán efectuar pagos
provisionales semestrales del ISR, IVA e IMPAC (Art. 81-F-
I-LISR y Capítulo 1 Regla 1.4 de la Resolución de Facilidades
Administrativas para 2009, publicada el 12 de mayo del mismo
año y vigente hasta el 30 de abril de 2010).
Fundamento legal: LISR (PM), Arts. 14, 76, 77 y 81; (PF), Arts.
113, 127, 134, 139 VI, 143 y 170 párrafo 2°. LIVA, Arts. 5 y 32 V
y VIII. LIETU, Art. 9, LIEPS, Art. 5. LISAN, Art. 4. LSS, Art s. 15,
III, 2 7 y 39. LF NV, Arts. 29 y 35. R MISC-09 I .3.16.1.,I .5.1.7 y
ll.2.1 2.8.
Contribu yentes del sector fi nanciero, sociedade s mercant iles
contro ladoras y controla das, y per sonas morales del
Título II de la L ey de l ISR , que en el último ejercic io fi scal
declarado hayan consignado en sus declaraciones ingresos
acumul ables igu ales o sup eriores a 500 millon es de pes os, a
partir de mayo de 2009 aplicar án lo dispuest o en las re glas
I.2.14 .1 y II.2 .12.1. de la RMISC -09.
Lunes 3 de mayo, último dí a para la presenta ción de la
declar ación anu al de pers onas físic as por el ejercicio
corres pondiente a 2009, ISR, IETU e IDE.
OPCIÓN
Contribuyentes que deban presentar declaraciones provisionales o denitivas a más tardar el día 17 del mes siguiente al
periodo al que corresponda la declaración, ya sea por impuestos propios o por retenciones, podrán presentarlas a más tardar
el día correspondiente al sexto dígito numérico del RFC.
Sexto dígito numérico
de la clave de registro
del RFC
1 y 2
3฀y฀4 5฀y฀6 7฀y฀8 9฀y฀0
Fecha límite de pago Día 17 más
un día hábil
Día 17 más dos
días hábiles
Día 17 más tres
días hábiles
Día 17 más cuatro
días hábiles
Día 17 más cinco
días hábiles
Abril 2010 Martes 20 Miércoles 21 Jueves 22 Viernes 23 Lunes 26
Exceptuados: contribuyentes obligados a dictaminar; controladoras y controladas; sujetos señalados en fracciones I a VIII
y XI del Apartado B del artículo 17 del RISAT; (PM) que en 2000 hayan declarado cantidades iguales o superiores a las
señaladas en la fracción XII del Apartado B del artículo 17 del RISAT (Decreto DOF 31/05/02).
PERSONAS฀MORALES
ISR,฀IETU,฀ ISAN,฀ pago฀ provisional฀ del฀ mes฀
anterior.
RETENCIONES฀en฀ general฀ del฀mes฀ anterior฀
(salarios,฀ servicios฀ profesionales,฀ arrenda-
miento,฀IEPS,฀comisionistas,฀mediadores,฀etc.).
IVA,฀IEPS,฀pago฀def‌initivo฀del฀mes฀anterior.
INFORMATIVA,฀de฀operaciones฀con฀3os.฀IVA.
IETU,฀listado฀de฀conceptos฀para฀calcularlo.
IMSS฀ pago฀ mensual฀ de฀ cuotas฀ de฀ Marzo฀
2010.
PERSONAS฀FÍSICAS
•฀ ISR,฀ IETU,฀ ISAN,฀ pago฀ provisional฀ del฀ mes฀฀
anterior.
•฀ RETENCIONES฀ISR,฀IEPS en฀ general฀del฀ mes฀
anterior.
•฀ IVA,฀IEPS,฀pago฀def‌initivo.
•฀ INFORMATIVA,฀de฀operaciones฀con฀3os.฀IVA.
IETU,฀listado฀de฀conceptos฀para฀calcularlo.
•฀ IMSS฀ pago฀ mensual฀ de฀ cuotas฀ de฀ Marzo฀
2010.
ABRIL
L฀ M฀ M฀ J฀ VS฀ D
฀ ฀ ฀ 1฀ 2฀ 3฀ 4
5฀ 6฀ 7฀ 8฀ 9฀ 10฀ 11
12฀ 13฀ 14฀ 15฀ 16฀ 17฀ 18
19฀ 20฀ 21฀ 22฀ 23฀ 24฀ 25
26฀ 27฀ 28฀ 29฀ 30฀
19

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