La obligación de contribuir y los principios tributarios de Ecuador y México. Análisis comparativo

AutorMartín Terán Gastélum
CargoLicenciado en Derecho, Maestro en Administración y Maestro en Comercio Exterior y Aduanas por la Universidad de Sonora
Páginas39-42
www.iee.edu.mx
Texto: Dr. Martín Te rán Gastélum
LA OBLIGACIÓN DE
CONTRIBUIR Y LOS
PRINCIPIOS TRIBUTARIOS DE
ECUADOR Y MÉXICO
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IEE Plantel Guadalajara
ANÁLISIS COMPARATIVO
EL DERECHO COMPARADO
En el ámbito del Derecho Fiscal destaca la
importancia de esta disciplina, pues a partir
del análisis que se realiza de los sistemas
de dos o más Estados, es posible
desarrollar estudios comparativos de
instituciones o Sistemas Jurídicos
Tributarios, estableciendo semejanzas o
diferencias que entre ellos existen y su
trascendencia en el orden social, quedando
en posición de definir criterios para su
perfeccionamiento o adecuación.
LA OBLIGACIÓN CONTRIBUTIVA
En la República del Ecuador, la obligación
contributiva se identifica con claridad en el
Título II de los Derechos, Capítulo noveno
de las Responsabilidades, Artículo 83
fracción 15 y en el Título VI del Régimen
de Desarrollo, Capítulo cuarto de la
Soberanía Económica, sección quinta del
Régimen Tributario, Artículos 300 y 301,
de la Constitución del Ecuador (CE) vigente
a partir del año 2008.
Por lo que hace a los Estados Unidos
Mexicanos, la obligación de contribuir se
localiza en el Título primero, Capítulo
segundo De los Mexicanos, Artículo 31
fracción IV de la vigente Constitución (CM)
promulgada en 1917.
<< Es una realidad que la República del
Ecuador y los Estados Unidos Mexicanos,
como toda Latinoamérica misma, guardan
similitudes políticas, económicas, sociales,
culturales y jurídicas, dados sus antecedentes
históricos y realidad en la que se desarrollan.
De ahí que resulta interesante efectuar un
breve comparativo respecto a la obligación de
contribuir de los gobernados y los principios
tributarios con los que se cuenta en los
indicados Estados nacionales, determinando
con base en tal análisis, el grado de
evolución y avance jurídico alcanzado o
bien el rezago que se tiene sobre el tema
explorado y las alternativas posibles de
adecuación. >>
Fuente: Google.com
Fuente: Google.com

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