Nuevo dictamen fiscal para el IMSS a partir de 2018

AutorFernando López Cruz
Páginas63-107

Page 63

Con fecha 13 de julio de 2017 se publicó en el DOF el Acuerdo mediante el cual se emite el Sistema de Dictamen Electrónico del Instituto Mexicano del Seguro Social por su acrónimo “SIDEIMSS”, y que contiene las disposiciones relacionadas con el dictamen fiscal para efectos de las obligaciones ante ese Instituto que, a partir del año 2018, debe de presentarse por medio electrónico.

Page 64

Preámbulo

Por la importancia del contenido del Acuerdo que, a su vez consta de seis acuerdos, así como de un Anexo Único, que se integra por cinco reglas, me permito transcribirlo, intercalando comentarios que me parecen de interés y, a manera de preámbulo, ya que desde que se creó el dictamen fiscal para el IMSS, sin lugar a duda, éste es un conjunto de disposiciones de las más relevantes desde entonces ocurridas, por lo siguiente:

a) Los trámites relacionados con el dictamen fiscal ante el IMSS se harán por medio electrónico (incluyendo el aviso de dictamen que se escanea), salvo la sustitución de contador público y la solicitud de prórroga que siguen siendo impresos.

b) Los lineamientos para realizar los procedimientos por medio electrónico se contienen en SIDEIMSS, ordenamiento de disposiciones que, desde mi punto de vista, son una guía, instructivo o manual para el uso de ese medio electrónico.

c) Dentro del SIDEIMSS se encuentran los nuevos textos de dictamen fiscal a redactar en función del resultado de la auditoría, y son totalmente diferentes en su estructura y contenido a los utilizados hasta el año 2017.

d) Los nuevos textos de dictamen fiscal son retroactivos, es decir, se deben de utilizar para los dictámenes que se entreguen a partir del 1 de enero de 2018, ya sea que se refieran a la auditoría correspondiente al ejercicio fiscal 2017, o de ejercicios 2016 y 2015 que sea necesario dictaminar.

e) Como parte de la información que integra el dictamen fiscal, se incluyen diez cuestionarios que deben de ser contestados por el contador público y que el SIDEIMSS denomina atestiguamientos.

Del acuerdo que legalmente crea el nuevo dictamen

Como lo digo con antelación, por su importancia, me permito transcribir el Acuerdo que da origen al nuevo dictamen fiscal para el IMSS, publicado en el DOF del 13 de julio de 2017, primera sección, y para ello pongo en forma de lista los diversos acuerdos, agregando subtítulos, comentarios y poniendo en letra cursiva o negritas los asuntos que, a mi modo de ver, ameritan destacarse:

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

ACUERDO ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR y su Anexo Único, relativo a la aprobación de la actualización de los formatos para el dictamen de obligaciones en materia de seguridad social.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.-Instituto Mexicano del Seguro Social.- Secretaría General.

Page 65

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

El H. Consejo Técnico, en la sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio del presente año, dictó el Acuerdo ACDO.SA2.HCT.280617/149.P.DIR, en los siguientes términos:

“Este Consejo Técnico, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 5, 9, segundo párrafo, 15, 16, 251, fracciones IV, VIII, XXI, XXIX y XXXVII, 263, 264, fracciones III, XIV y XVII, 270, 271, 286 L, 286 M y 286 N, de la Ley del Seguro Social; 5 y 57, de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 2, fracción II, 17 D, 17 E, 17 I, 19, 19 A y 42, fracción IV, del Código Fiscal de la Federación; 31, fracciones II y XX, del Reglamento Interior del Instituto Mexicano del Seguro Social; 1, fracciones I, III y V, 2, 3, 5, 153, 154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 y 169, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; y de conformidad con el planteamiento presentado por la Dirección General, a través del Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación, mediante oficios 21 y 22 de fechas 19 y 21 de junio de 2017, respectivamente, así como el dictamen del Comité del mismo nombre del propio Órgano de Gobierno, en reunión celebrada el día 14 del mes y año citados, Acuerda:

Se aprueban formatos para el dictamen y reglas para elaborarlo

Primero.- Aprobar la actualización de los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado, a través del Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS), así como las reglas para la formulación y presentación del dictamen contenidas en el Anexo Único del presente Acuerdo.

Acuerdos que se dejan sin efecto

Segundo.- A partir del 1 de enero de 2018 se dejan sin efectos los siguientes Acuerdos emitidos por este Consejo Técnico:

I) Acuerdo ACDO.AS2.HCT.290709/147.P.DIR, emitido en sesión del 29 de julio de 2009, mediante el cual se aprueba dejar sin efectos el Acuerdo 464/2003, de fecha 10 de diciembre de 2003 y los formatos a que se refiere el mismo; así como aprobar los formatos relativos al dictamen de contador público autorizado para efectos del Seguro Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 27 de agosto de 2009;

II) Acuerdo ACDO.SA2.HCT.240413/83.P.DIR, dictado en sesión del 24 de abril de 2013, relativo a la aprobación de los formatos para la formulación del dictamen por contador público autorizado, así como sus anexos, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de mayo de 2013; y

Page 66

Dictamen industria de la construcción

III) Acuerdo ACDO.SA2.HCT.250913/292.P.DIR, emitido en sesión del 25 de septiembre de 2013, mediante el cual se aprueban los formatos de las cédulas para la formulación del dictamen por contador público autorizado de los patrones de la industria de la construcción, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de noviembre de 2013.

Comentarios:

Del texto contenido en el primer párrafo de este Acuerdo Segundo, en simetría con lo que más adelante dice el Sexto Acuerdo, se desprende que:

a) A partir del 1 de enero de 2018 se utiliza el medio electrónico para la captura y proceso del dictamen fiscal para el IMSS, ya sea que se trate del ejercicio 2017 o anteriores a éste.

b) Al dejar sin efectos los textos de dictamen fiscal publicados con anterioridad a este Acuerdo, los dictámenes que correspondan al ejercicio fiscal 2017 deben de redactarse utilizando los nuevos textos que se encuentran en el módulo ocho, sección 8.2.6, del SIDEIMSS.

c) Tratándose de dictámenes correspondientes a ejercicios fiscales anteriores a 2017, como pueden ser 2016 o 2015, que por encontrarse en los supuestos previstos en el artículo 159 del Reglamento de Afiliación, Clasificación y Fiscalización deban ser dictaminados, el dictamen se captura y procesa conforme a las disposiciones a que se refiere el SIDEIMSS, y los textos de dictamen a utilizar son los de la sección 8.2.6, del módulo ocho del SIDEIMSS, ya que ni en el cuerpo del Acuerdo existe algún artículo transitorio que sea parte de éste, en el que se diga que se pueden utilizar los textos vigentes hasta 2016, puesto que de manera explícita se derogan.

Resolución de dudas

Tercero.- Instruir a la persona Titular de la Dirección de Incorporación y Recaudación para que, directamente o a través de las personas titulares de sus unidades administrativas, resuelva las dudas o aclaraciones que se presenten con motivo de la aplicación de este Acuerdo.

Acciones para implementar el SIDEIMSS

Cuarto.- Instruir a la persona Titular de la Dirección de Innovación y Desarrollo Tecnológico, para que realice las acciones necesarias, a fin de implementar el Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS).

Page 67

Trámite para publicar el acuerdo en DOF

Quinto.- Instruir a la persona Titular de la Dirección Jurídica, a efecto de que realice el trámite para la publicación del presente Acuerdo y su Anexo Único en el Diario Oficial de la Federación.

Uso del SIDEIMSS

Sexto.- Los patrones y sujetos obligados podrán optar por utilizar el SIDEIMSS a partir del 15 de julio de 2017, para la presentación del dictamen por contador público autorizado correspondiente al ejercicio fiscal 2016. A partir del 1 de enero de 2018 deberán utilizar el Sistema de Dictamen Electrónico del IMSS (SIDEIMSS)”.

Comentario: Obligatorio el uso del SIDEIMSS para informes que se entreguen a partir del 1-I-2018 sin distinguir el año auditado.

Atentamente

Ciudad de México, a 28 de junio de 2017.- El Secretario General, Juan Carlos Velasco Pérez.- Rúbrica.

ANEXO ÚNICO

Comentario: El Anexo es parte misma del Acuerdo y se integra por cinco reglas, que tratan del marco normativo del dictamen fiscal.

Objeto

Primera.- Objeto. El presente Anexo tiene por objeto establecer las reglas, los requisitos y formalidades que deben cumplir los patrones, sujetos obligados y contadores públicos para efectos de la formulación y presentación del dictamen de conformidad con lo establecido en la Ley del Seguro Social, el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF), el Código Fiscal de la Federación de aplicación supletoria y demás disposiciones aplicables.

Definiciones

Segunda.- Definiciones. Para efectos del presente Acuerdo, serán aplicables las definiciones establecidas en el artículo 5 A, de la Ley del Seguro Social, y en el artículo 2 del RACERF, así como las siguientes:

Page 68

I. Constancia de Acreditación: Documento emitido por un colegio o asociación de profesionales de la contaduría pública al que pertenezca el Contador Público Autorizado, o por una institución educativa pública o privada, reconocida por autoridad competente y por el Instituto, en el que consta la acreditación de una evaluación en materia de la Ley del Seguro Social y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR