NOM-030-STPS-2009 Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Trabajo

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NOM-030-STPS-2009฀Servicios฀Preventivos฀de฀Seguridad฀y฀Salud฀en฀el฀Trabajo
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Tips Fiscales
INFORMACIÓN฀PARA฀PATRONES
NOM-030-STPS-2009฀
Servicios฀Preventivos฀de
Seguridad฀y฀Salud฀en฀el฀Trabajo
El pasado 22 de diciembre de 2009 se publicó en el
Diario Ocial de la Federación la NOM-030-STPS-2009
Servicios Preventivos de Seguridad y Salud en el Tra-
bajo  Funciones y Actividades, la cual presentamos a
continuación.
1.฀Objetivo฀y฀Campo฀de฀Aplicación
El objetivo de esta Norma es establecer las funcio-
nes y actividades que deberán realizar los servicios
preventivos de seguridad y salud en el trabajo para pre-
venir accidentes y enfermedades de trabajo y rige en
todo el territorio nacional y aplica en todos los centros
de trabajo.
2.฀Def‌iniciones
Para efectos de la Norma que nos ocupa, se entiende
por:
Acciones preventivas y correctivas: Son aquellas
que se establecen a partir de los resultados del diag-
nóstico de seguridad y salud en el trabajo, y que se
reeren al listado de requerimientos en la materia, tales
como: estudios; programas; procedimientos; medidas
de seguridad; acciones de reconocimiento, evaluación
y control de los agentes contaminantes del medio am-
biente laboral; seguimiento a la salud de los trabajado-
res; equipo de protección personal; capacitación; auto-
rizaciones, y registros administrativos.
Autoridad Laboral; Autoridad del Trabajo: Las uni-
dades administrativas competentes de la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social (STPS) que realizan fun-
ciones de inspección en materia de seguridad y salud
en el trabajo y las correspondientes de las entidades
federativas y del Distrito Federal, que actúen en auxilio
de aquéllas.
Centro de trabajo: Todos aquellos lugares tales como
edicios, locales, instalaciones y áreas, en los que se
realicen actividades de producción, comercialización,
transporte y almacenamiento o prestación de servicios,
o en el que laboren personas que estén sujetas a una
relación de trabajo.
Diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo: Es
la identicación de las condiciones físicas peligrosas
o inseguras; de los agentes capaces de modicar las
condiciones del medio ambiente laboral; de los peligros
circundantes al centro de trabajo, así como de los re-
querimientos normativos en materia de seguridad y sa-
lud en el trabajo que resulten aplicables.
Exhibir: Es la presentación a la autoridad laboral de
documentos, registros e información, cuando ésta así
lo solicite, para su revisión y constatación de cumpli-
miento con la presente Norma.
Material y sustancia química peligrosa: Son aque-
llos con características físicas, químicas o biológicas
intrínsecas que han sido clasicados como peligrosos
para la salud de los trabajadores por su irritabilidad,
toxicidad, inamabilidad, explosividad, corrosividad,
reactividad o acción biológica.
Personal ocupacionalmente expuesto, POE: Es
aquel trabajador que en ejercicio y con motivo de su
ocupación, desempeña una actividad que se considera
peligrosa.
Peligro: Son las características o propiedades intrínse-
cas de los agentes o condiciones presentes en el am-
biente laboral. Su grado de peligrosidad se obtiene al
evaluar la potencialidad del efecto que pueden generar
o provocar dichas características o propiedades de los
agentes o condiciones.
Procedimientos; instructivos: Son los medios escri-
tos o dispositivos de almacenamiento de datos del sis-
tema de control interno del centro de trabajo creados
para proveer información detallada, ordenada, sistemá-
tica e integral del desarrollo de las actividades labora-
les y/o emergencias.
Programa de seguridad y salud en el trabajo: Docu-
mento que contiene el conjunto de acciones preventi-
vas y correctivas por instrumentar para evitar riesgos
en los centros de trabajo, que puedan afectar la vida,
salud e integridad física de los trabajadores o causar
daños en sus instalaciones.
Responsable de seguridad y salud en el trabajo: Es
el patrón o la persona designada por él, para prestar
los servicios preventivos de seguridad y salud en el tra-
bajo.
Riesgo: Es la correlación de la peligrosidad de un agen-
te o condición física y la exposición de los trabajadores
con la posibilidad de causar efectos adversos para su

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