La noción de principios jurídicos en la teoría del derecho de Hermann Heller

AutorLeticia Vita
CargoFacultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires
Páginas49-75
ISONOMÍA No. 43, octubre 2015, pp. 49-75
La noción de principios jurídicos
LA NOCIÓN DE PRINCIPIOS JURÍDICOS EN
LA TEORÍA DEL DERECHO DE HERMANN
HELLER
The Notion of Legal Principles in Hermann Heller´s Theory of Law
Leticia Vita
Resumen
Aunque la discusión sobre los principios jurídicos encuentra su punto de quiebre
con las obras de Ronald Dworkin y Robert Alexy, la cuestión reconoce desarro-
llos anteriores y encuentra una de sus formulaciones más profundas en reacción al
pensamiento jurídico positivista de entreguerras. En este trabajo destacamos los
aportes del jurista socialdemócrata Hermann Heller a la teoría de las normas que,
a diferencia de los que hizo a la teoría del Estado, permanecen en un lugar olvida-
do. Se reconstruye su concepción del derecho con el n de mostrar que sus ideas
sobre la estructura del sistema jurídico y los fundamentos de los principios jurí-
dicos dan cuenta de la relación entre derecho y poder en los Estados constitucio-
nales modernos y del rol de los jueces en una democracia, al tiempo que resultan
precursoras de las que desarrollaría con posterioridad Robert Alexy.
Palabras clave
principios jurídicos, Hermann Heller, Weimar, interpretación judicial
Abstract
While the debate on legal principles reaches its breaking point with the work of
Ronald Dworkin and Robert Alexy, it recognizes previous developments and nds
one of its deepest formulations in reaction to Inter-War positivist legal thought. In
this work we focus on the contributions of social-democratic jurist Hermann Hel-
ler to legal theory which –in contrast to those he made to State theory– remain
Leticia Vita. Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires. Correspondencia: Instituto de Investigacio-
nes Jurídicas y Sociales A. L. Gioja, Facultad de Derecho, Universidad de Buenos Aires, Av. Figueroa Alcor-
ta, 2263, C1425CKB, Buenos Aires, Argentina. ljvita@derecho.uba.ar
* Este trabajo fue realizado durante una estancia de investigación en el Instituto Max Planck de Historia
del Derecho Europeo de Frankfurt am Main nanciada por una beca de investigación postdoctoral otorgada
por el Ministerio de Educación de Argentina y el Servicio Alemán de Intercambio Académico (daad). Agra-
dezco los comentarios de Laura Clérico, Jan Sieckmann y Federico de Fazio a este trabajo, así como a los
evaluadores anónimos por sus comentarios y críticas.
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forgotten. We reconstruct his theory of law to show that his ideas about the struc-
ture of legal systems and about the foundations of legal principles explain very
well the relationship between law and power in modern constitutional States and
the role of judges in a democracy, while simultaneously being a precursor to some
of those Robert Alexy would later develop.
Keywords
legal principles, Hermann Heller, Weimar, judicial interpretation
I. Preliminares
Una de las discusiones teóricas con mayor relevancia actual para el
derecho constitucional proviene de la teoría de las normas y es la
que distingue entre reglas y principios. Más allá de las discrepancias res-
pecto de su denición,1 existe consenso en reconocer su importancia para
la práctica judicial de los Estados constitucionales (Zagrebelsky, 2011).
En el orden teórico, también hay acuerdo en interpretar las obras de Ron-
ald Dworkin (1978) y Robert Alexy (1993) como las más relevantes a la
hora de argumentar sobre la utilidad de hablar de principios en la práctica
constitucional.
Sin embargo, ni la propia idea de principios, que se remonta incluso al
derecho romano (Suárez Rodríguez, 2012), ni la reexión práctica sobre
la estructura del sistema jurídico son cuestiones novedosas para la teoría
del derecho, sino que reconocen numerosos antecedentes. Uno de ellos es
la discusión teórico-metodológica que tuvo lugar durante la República de
Weimar. La importancia de esos debates y la calidad teórica de los mis-
mos nos obligan a revisitarlos. Tal vez por ello, se utiliza frecuentemente
la metáfora que dene a la época de Weimar como un “laboratorio”,2 en el
que los conceptos jurídicos fueron redenidos a partir de un orecimien-
to casi sin precedentes de la disciplina jurídica. Basta como muestra re-
visar los intercambios que tenían lugar en las reuniones de la Asociación
de Profesores Alemanes de Derecho Público,3 que dan cuenta además de
la importancia que tenía esa rama del derecho para las discusiones jurídi-
cas en general. De sus reuniones participaban antipositivistas como Erich
Kaufmann, Carl Schmitt, Rudolf Smend y el juez Gerhard Leibholz, pero
1 Parte de esa discusión puede leerse en Atienza y Manero, 1991, y Prieto Sanchís, 1998.
2 Vardaro, 1982, aplicó la metáfora del “laboratorio Weimar” en relación con el derecho laboral y Pauly,
2004, hizo lo propio en relación a los derechos fundamentales en Alemania.
3 Todas ellas publicadas en los Veröffentlichungen der Vereinigung der Deutschen Staatsrechtslehrer,
cuadernos 1-7, de 1924 a 1932.

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