Por qué no funcionarían los jueces sin rostro

AutorÓscar Leonardo Ríos García
Páginas36-38

Page 37

La violencia en nuestro país ha llegado a niveles completamente terroríficos, atroces y drásticos. El índice de asesinatos se encuentra, desde hace unos años, en un punto en que, desgraciada y tristemente, los mexicanos lo vemos como algo que se reproduce ya con normalidad, algo que sin querer forma parte de nuestra cotidianidad. Es triste saber que toda esta ola de masacres y la realidad fáctica homicida mexicana alcanzó al Poder Judicial y a sus integrantes, específicamente a los titulares subjetivos de los órganos jurisdiccionales.

En este contexto, las armas del crimen organizado apuntan a blancos específicos, a focos rojos, a estas luces parpadeantes y llamativas que decidirán sobre las absoluciones, las condenas o, incluso, concederán o negarán deportaciones de imputados. El foco rojo en esta ocasión se ubica en el juez de distrito Vicente Antonio Bermúdez Zacarías, quien fue ejecutado mien-tras se ejercitaba por las calles de Metepec, Estado de México.

Ante este triste e inhumano acontecimiento, diversas autoridades y funcionarios de distintos sectores de la administración pública se pronunciaron sobre la necesidad de implementar en México la figura de los “jueces sin rostro”. Analizando la realidad de cómo se encuentra hundido el país en temas de seguridad y violencia, aunado a la transición penal que estamos viviendo con la implementación de los juicios orales y la preocupante falta de aceptación de la ciudadanía hacia este nuevo modelo de justicia penal, derivada de la liberación de muchos detenidos por violaciones al debido proceso, considero que no es viable implementar dicha figura a nuestro sistema judicial en materia penal como ultima ratio.

A diferencia de otros servidores públicos, los jueces y los magistrados se encuentran en un mayor grado de vulnerabilidad, sobre todo cuando se trata de juzgadores penales, situación que los compromete y los arriesga aún más cuando tienen en sus manos la decisión sobre la situación jurídica de imputados de gran peligrosidad, como lo vivió Bermúdez Zacarías, quien en su tutela jurisdiccional tenía expedientes peligrosos; por ejemplo, el de Joaquín el Chapo Guzmán Loera, cuya extradición suspendió, y el de Miguel Treviño Morales, conocido como el Z-40, entre otros.

El argumento descrito en el párrafo anterior, basado en que los jueces y los magistrados son más vulnerables que otros (como elemento fáctico), combinado con las estadísticas y los índices de violencia en el país hacia...

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