Niñez en tránsito migratorio por México. Instrumentos jurídicos y derechos humanos

Este documento está disponible con registro gratuito

REGÍSTRATE GRATIS
AutorJosé Luis Sánchez Gavi
CargoProfesor investigador en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / gaviluis@yahoo.com.mx / orcid.org/0000-0001-5807-0448
Páginas233-258
233
Niñez en tránsito migratorio
por México. Instrumentos jurídicos
y derechos humanos* / Children in
migratory transit through Mexico – legal
instruments and human rights
José Luis Sánchez Gavi**
RESUMEN
El objetivo del trabajo es presentar el entramado
normativo referente a los menores en contexto
de migración y de tránsito por México. Esto con
el fin de conocer las normas en los diferentes
planos de la legislación mexicana, siguiendo
su orden jerárquico: Constitución Política, Ley
de Migración, Reglamento sobre la materia, y
las legislaciones sobre la niñez en nuestro país.
Un segundo objetivo es conocer el debate que
muchos de esos dispositivos generan al ob-
servarse distintas situaciones que, en algunos
casos, incluyen contradicciones, el empalme
de instrumentos nacionales o ambigüedad en
su interpretación y, por tanto, en su aplicación
efectiva. Se retoman algunos temas específicos,
como la detención de niñas, niños y adoles-
centes (NNA); el interés superior del niño; las
autoridades involucradas y el acompañamiento
de los menores. Finalmente, quedan algunas
propuestas que buscan aportar a la reflexión y,
eventualmente, a la mejoría de la normatividad.
PALABRAS
CLAVE
:
Derechos, menores, niñez no
acompañada, migrante en tránsito, Centro américa,
detención, interés superior.
ABSTRACT
The present study presents the regulatory
framework for minors living in a context of
migratory transit through Mexico in order to
ascertain the regulations in the various levels
of Mexican legislation, in accordance with their
hierarchical order: the Political Constitution;
the Migration Law; the corresponding regula-
tions; and, our nation’s legislation on childhood.
A second objective is to examine the debate
generated by these legal devices in different
situations that, in some cases, involve contra-
dictions, the alignment of national instruments,
or ambiguity in their interpretation, and, there-
fore, their effective application. Other subjects
are also reviewed, such as the detention of girls,
boys, and adolescents (NNA), the best interests
of the child, the corresponding authorities, and
the accompaniment of minors.
Finally, the present paper deals with some
proposals contributing to reflection on and,
eventually, the improvement of the regulations.
KEY WORDS: Rights, minors, unaccompanied
children, migrants in transit, Central America,
detention, best interests.
* Artículo de reflexión. Recibido el 23 de enero de 2020 y aceptado para su publicación el 11 de agosto de 2020.
** Profesor investigador en la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla, México. / gaviluis@yahoo.com.mx /
orcid.org/0000-0001-5807-0448
REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE
PUEBLA, MÉXICO. E-ISSN: 1870-2147. NUEVA ÉPOCA
VOL. 15, NÚM. 47, ENERO-JUNIO 2021 / PP 233-258
10.35487/RIUS.V15I47.2021.658
234
SUMARIO
1. Introducción
2. Instrumentos jurídicos en México relativos a NNA
3. La detención
4. Interés superior del niño
5. Autoridades involucradas
6. Acompañamiento
7. Consideraciones finales
1. Introducción
México dispone de un relevante marco jurídico sobre los niños, niñas y ado-
lescentes en contexto de migración, particularmente de niñez no acompañada.
La normatividad incluye la aplicación de normas internacionales y nacionales
en las cuales concurren autoridades federales y locales. A estas se les asignan
facultades y atribuciones que tienen por objeto garantizar su protección integral.
En el ámbito internacional un referente fundamental lo constituye la
Convención de Derechos del Niño de 1989 (CDN).1 De ella derivan principios
generales que se han tomado como plataforma para elaborar estándares aplica-
bles a niñas, niños y adolescentes (NNA) migrantes. Así, destacan: a) El principio
de no discriminación; b) El interés superior del niño; c) El derecho a la vida y
al desarrollo y d) El derecho a la participación y a ser oído.
La CDN constituye un tratado internacional a través del cual se enfatizó que
los niños tienen los mismos derechos que los adultos. No obstante, sobresalen
aquellos derechos relacionados con su especial condición de seres humanos que,
al no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental, requieren de protec-
ción especial. La convención redactó un texto de 54 artículos que consagran el
derecho a la protección de NNA por parte de la sociedad y el gobierno.
Los Estados que se adhieren a la CDN se comprometen a cumplirla, trabajando
en adecuar sus marcos normativos a los principios emanados de ella, para
lograr que cada niño goce plenamente de sus derechos. Además, los Estados se
obligaron a presentar al Comité de los Derechos de los Niños, dependiente de
la ONU, las medidas que adopten para dar efecto a los derechos reconocidos en
la convención y sobre el progreso que hayan realizado.2 En tal sentido, México
1 México ratificó dicho instrumento el 21 de octubre de 1990 y se publicó el 25 de enero de 1991 en el Diario Oficial
de la Federación.
2 Se acordó entregar un informe cada cinco años. UNICEF, “Texto de la Convención sobre los Derechos del Niño”, Unicef.
Disponible en: https://www.unicef.org/es/convencion-derechos-nino/texto-convencion
JOSÉ LUIS SÁNCHEZ GAVI

Para continuar leyendo

REGÍSTRATE GRATIS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR