Las NIF y los instrumentos financieros

AutorC.P.C. José Rafael Aguilera Aguilera/C.P.C. Jerónimo Lebrija Villarreal
Páginas43-43
043
LAS NIF Y LOS
INSTRUMENTOS
FINANCIEROS
C.P.C. JOSÉ RAFAEL AGUILER A AGUILERA
C.P.C. JERÓNIMO LEBRIJA VILLARREAL
CONIF
En la actualidad, la s necesidades de inversión y financiamiento qu e
tienen los partic ipantes de la economía han originado qu e se genere
una amplia gama de instrum entos financieros, los cuale s permiten
satisfacer dichas ne cesidades con gran flexibilidad. Por ello, ha si do
prioritario pa ra los organismos emisores de l a normatividad conta-
ble, la elaboración d e normas aplicab les a estos diferentes instru -
mentos que se han desarrol lado, y adicionalmente para aquello s que
pudieran innovarse e n el futuro.
De acuerdo con esto, el Consejo Me xicano de Normas d e Informa-
ción Financiera, A .C. (CINIF), ha emitido diez normas referentes a ins-
trumentos financieros p ara facilitar su apli cación. Debido a qu e en
cada instrumento fina nciero básico coexisten por lo menos dos p ar-
tes: una inversionista y otra que bu sca financiamiento, el C INIF ha
emitido estas no rmas: cuatro aplicables a la parte que invie rte (NIF
C-2, C-14, C-16 y C-20), cuatro para el que se financia (NIF C-11, C-12, C-19
y D-8), y dos con elementos a plicables para ambos (NIF B-12 y C-10).
El inversionista es un deman dante de instrumentos financieros, de-
bido a que ofrece su dinero par a obtener una ganancia. El emiso r,
demanda este recurso, y a ca mbio ofrece instrumentos financieros,
para poder finan ciarse. El CINIF, en la NIF C-2, define instrumento
financiero como, “cualquie r derecho u obligación qu e surge de un
contrato que origina un activo f inanciero en una entidad y un pasivo
financiero o un instrum ento financiero de capital en la co ntraparte”.
Atendiendo a esta def inición, al inversionista, cuand o contrata estos
instrumentos, se le origi na un activo financie ro, es decir un activo
monetario que surge de u n contrato. De acuerdo con la intenció n
de la administración en l a tenencia de los instrume ntos financie-
ros, estos se clasif ican en “conservados a vencimiento”, “disponibles
para su venta” o “con fines d e negociación”, presentando, según su
vencimiento, las porcion es a corto y largo pla zos, en el estado de
situación financi era. La norma vigente qu e regula este contexto e s
el Boletín C-2,
Instrumentos financieros
; sin embargo, el CINIF pu-
blicó en 2016, la N IF C-2,
Inversión en instrumentos financieros
, que
entrará en vigor para los eje rcicios que se inicien a pa rtir del 1° de
enero de 2018, y dejará s in efecto al Boletín C-2, y su Documento
de adecuaciones, lo que o riginará una nueva forma de cont abilizar
estos instrumentos.
Si el inversionista cuent a con cuentas por cobrar (cuent as y docu-
mentos por cobrar), la norma vig ente que debe de obser var es el
Boletín C-3,
Cuentas por cobrar
, pero a partir de 20 18 la norma que
regulará las cuent as por cobrar será la NIF C-3,
Cuentas por cobrar
, y
para el caso de los ins trumentos financieros por cobrar deberá a pli-
car la NIF C-20,
Instrumentos de finan ciamiento por cobrar
. Si sufrie-
ran deterioro tanto las cue ntas por cobrar como estos instr umentos,
la norma que se deber á usar desde 2018 será la NI F C-16, Deterioro de
instrumentos financi eros por cobrar. En caso de que el inversionista
decida transferir o dar d e baja un activo financiero, debe de aplic ar
Transferencia y baja de activos f inancieros
.
En los casos donde el inver sionista ofrece su dinero, no con la intención
de invertir a corto pl azo, sino con el fin de tener par ticipación en los
beneficios y rie sgos económicos de los activos netos de una entidad, lo
que implica su involucram iento en esta, y que ademá s lo expone a la
variabilidad de sus rendi mientos, esta inversión no se considera com o un
instrumento financi ero; por lo tanto, no se origina un activo financiero;
lo que se genera es una inversió n permanente, que es un activo no mo-
netario a largo pla zo; la norma vigente que regul a esta situación es la
Inversiones en asoc iadas, negocios conjuntos y otras inversion es
permanentes
.
Por su parte, al emisor, quien ofrece e stos instrumentos con la intención
de obtener un recurso, para obten er activos o liquidar pasivos, se le po -
dría generar un pasivo f inanciero o un instrumento de capita l. Un pasivo
financiero, “es un pasivo m onetario que surge de un co ntrato”, por lo
tanto, los individuos que ofrezc an sus recursos en este tipo de contratos
serán acreedores para e l emisor; en cambio, un inst rumento financiero
de capital, “es cualqu ier documento o título origina do por un contrato
que evidencia la par ticipación en el ca pital contable de una enti dad,
o sea en el valor residual de sus ac tivos después de deduc ir todos sus
pasivos”, es decir, los individuos que of rezcan sus recursos en este tip o
de contratos serán considerad os como socios o accionistas del emiso r.
La norma actual que re gula los pasivos fi nancieros del emisor, es el
Boletín C-9,
Pasivo, provisiones, ac tivos y pasivos continge ntes y com-
promisos
, el cual estará vigente es te año y el próximo, debido a que el
CINIF publicó en 20 15, la NIF C-19,
Instrumentos financ ieros por pagar
,
que normará los pasivo s financieros y entrará en vigor para los ej ercicios
que inicien a parti r del 1° de enero de 2018, dejando sin efec to al Boletín
C-9; además complementa a esta nu eva norma, la NIF C-9,
Provisiones,
contingencias y compro misos
.
Los instrumentos de capi tal ofrecidos por el emisor, se encuentran nor-
mados por la NIF C-11,
Capital contable
; y en caso de que sea un ins tru-
mento emitido con carac terísticas, tanto de p asivo como de capit al, la
entidad emisora deberá a plicar lo establecido en la NIF C-12,
Instrumen-
tos financieros con car acterísticas de p asivo y de capital
. Para las tran-
sacciones con pagos ba sados en acciones, y el g asto incurrido con su
correspondiente efec to en el pasivo o en capita l, el emisor debe acata r
lo señalado por la NIF D -8,
Pagos basados en acciones
.
Por último, las norma s aplicables para a mbos participa ntes son la NIF
B-12,
Compensación de ac tivos financieros y pasivos f inancieros
, que nor-
ma la presentación y revel ación de la compensaci ón de activos finan -
cieros y pasivos finan cieros, en el estado de situación financi era de una
entidad; y el Boletín C-10,
Instrumentos financ ieros derivados y operacio-
nes de cobertura
, que reglamenta, ta nto la inversión como la emisión
de instrumentos finan cieros derivados, el cual estará vigente has ta el 31
de diciembre de 201 7, debido a que el CINIF auscu ltó en este 2016, la NIF
C-1 0,
Instrumentos financ ieros derivados y relaci ones de cobertura
, que
se prevé entre en vigor a par tir de 2018.
De acuerdo con lo anterior, se puede a preciar que el CINIF ha realiz ado
un exhaustivo y ordenado es fuerzo en el mejoramiento d e las normas
relativas a instrumentos financieros, principalmente emitiendo nuevas
normas, que entrarán e n vigor a partir de 2 018, lo cual se estima como
tiempo suficiente p ara permitir a las entidades, a lo s preparadores y a los
usuarios en general de la información financiera preparar su aplicación
y analizar sus efectos. Ad icionalmente el CINIF está realizando camb ios
a las normas conta bles vigentes, para est ar en convergencia con las
Normas Internacionale s de Información Financiera (NIIF), emitidas p or el
Consejo de Normas Interna cionales de Contabilidad (IASB, por sus s iglas
en inglés).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR