NIF aplicables a las entidades agrícolas

AutorC.P.C. José Rafael Aguilera Aguilera
CargoRepresentante de la RCO del IMCP, ante el Comité Técnico Consultivo del CINIF Asociado del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, A.C. cp_aguilera@hotmail.com
Páginas7-8
En México, el marco
regulador para la
presentación de la
información f‌inanciera de
las entidades agrícolas
son las Normas
de Información
Financiera
Síntesis
Este artículo, aborda las NIF aplicables
a las entidades agrícolas; principal-
mente la nueva NIF E-1, Actividades
Agropecuarias, la cual entró en vigor
a partir de enero 2020. Esta norma
abarca el reconocimiento contable de
los activos biológicos productores de
un activo biológico o de agropecuarios
que requieren de varios años para
estar en capacidad de elaborar.
C.P.C. José raFael aGuilera aGuilera
Representante de la RCO del IMCP, ante el Comité Técnico Consultivo del CINIF
Asociado del Colegio de Contadores Públicos de Michoacán, A.C.
cp_aguilera@hotmail.com
NIF aplicables
a las entidades
agrícolas
En México, existe un marco regulador para
la presentación de la información nancie-
ra de las entidades económicas, incluyendo
las entidades agrícolas; este marco son las
Normas de Información Financiera (NIF),
emitidas por el Consejo Mexicano de Normas de In-
formación Financiera, A.C. (CINIF).
De manera particular, por la gran importancia que
la agricultura tiene en el país, existe una norma que
establece el tratamiento contable de las actividades
agropecuarias. En las NIF, el término de activida-
des agropecuarias abarca la agricultura, ganadería,
NIF aplicables
a las entidades
agrícolas
silvicultura, piscicultura, apicultura, horticultura,
floricultura y otras similares (CINIF, 2020). Por lo
tanto, la principal disposición que regula este tipo
de actividades es la NIF E-1, Actividades agropecua-
rias. El CINIF publicó esta nueva norma desde la
edición 2019 de las NIF, debido a que se permitió su
aplicación anticipada, pero entró en vigor a partir
del 1° de enero de 2020.
Esta NIF tiene como objetivo establecer las normas de
valuación, presentación y revelación para el reconoci-
miento inicial y posterior, de cuatro temas muy im-
portantes para las entidades agrícolas:
1) Activos biológicos (que pueden ser o no cose-
chados).1
2) Activos biológicos produc tores.
3) P roductos agropecuarios a l momento de ser
cosechados.
4) Subsidios gubernamenta les que se otorgan a
este tipo de actividades.
Respecto al primer tema, los activos biológicos son ani-
males o plantas vivos, los cuales se reconocerán conta-
blemente, de manera principal, a su costo de transfor-
mación acumulado, a medida que se devengue; pero en
el caso de que se pueda determinar su valor razonable2
menos los costos de disposición durante el periodo de
crecimiento, se deberá hacer el ajuste correspondiente
para dejar a este activo biológico valuado a dicho im-
porte, con el efecto en la utilidad o pérdida neta del pe-
riodo; es decir, desde el momento en que existan bases
para determinar su valor razonable menos los costos de
disposición, se deberá de reconocer un ingreso a lo largo
del tiempo para este tipo de activos, debido a que están
en crecimiento y serán vendidos en cierto momento,
como los árboles frutales desarrollados en viveros para
su futura venta, o bien, los animales para engorda.
Por su parte, el término de activos biológicos produc-
tores, que es trascendental para la industria agrope-
cuaria, se incluye, por primera vez, en esta NIF. Estos
activos son plantas vivas adheridas a la tierra en don-
de pueden crecer activos biológicos cosechables, o
bien, animales vivos de los que se obtienen productos
agropecuarios, de estos seres vivos se espera que sean
productores por más de un periodo, y además, la en-
tidad no tiene la intención de venderlos en su ciclo
normal de operaciones; es decir, estos activos requie-
ren de varios años para estar en condiciones de tener
la capacidad de producir, y también tendrán una vida
económica productiva de varios años, por lo que es-
tarán destinados a producir ciertos productos agrope-
cuarios, como el algodón, las frutas, la leche, la lana,
entre muchos otros.
Ejemplo de estos activos biológicos productores son
los árboles frutales (plantas productoras), ya que su
vida económica productiva inicia después de varios
años de haberlos sembrado, y termina años más tar-
de, cuando su producción mengua en volumen o en
calidad. Otro caso similar, son ciertos animales que se
crían para que sean un activo productivo, como las va-
cas que producen leche o las ovejas que generan lana
durante años (animales productores). Además, en la
práctica de la industria agrícola, las plantas produc-
toras no pueden ser vendidas por separado del suelo
en que están plantadas, y una vez que alcanzan su ma-
durez productiva no requieren de gastos signicativos
para su mantenimiento; asimismo, al terminar su vida
productiva, su valor residual es poco relevante y en
ocasiones pudieran existir algunos costos de retiro.
En lo que respecta a los animales productores, estos pue-
den llegar a tener un valor razonable, y en algunos casos
son vendidos al nal de su vida productiva como activos
discontinuados, por lo que pueden tener un valor resi-
dual importante. Por lo tanto, el tratamiento contable de
un activo biológico productor (plantas y animales) será
similar a un activo jo, por lo que debe atenderse a lo in-
dicado en la NIF C-6, Propiedades, Planta y Equipo; es decir,
los activos productores deben ser valuados a su costo de
adquisición (que podría ser su costo de transformación)
y depreciarse durante su vida productiva.
Para el caso de los productos agropecuarios, que son
los activos biológicos cosechados, deben ser valuados
a su valor razonable menos los costos de disposición al
momento de ser cosechados, lo cual implica que esta
valuación será el costo del producto a esa fecha para la
aplicación de la NIF C-4, Inventarios.
El apéndice A, “Tipos de activos biológicos, productos
agropecuarios y productos de un proceso posterior a la
cosecha”, de la NIF E-1, ilustra con casos la diferencia
entre activos biológicos productores, productos agro-
pecuarios y los inventarios; por ejemplo, los viñedos
(activos biológicos productores), que producen las
uvas (productos agropecuarios) y con ellas se elabo-
ra el vino (inventario); otro ejemplo son los arbustos
(activos biológicos productores), que generan las hojas
(productos agropecuarios) y con estas se puede elabo-
rar los tés o el tabaco (inventarios); así como los ár-
boles frutales (activos biológicos productores), que ge-
neran la fruta recolectada (productos agropecuarios) y
posteriormente con dicha fruta se elaboran los jugos o
la fruta en conserva (inventarios).
El cuarto tema importante que se incluye en esta NIF
es el de las ayudas o subsidios gubernamentales, que
reciben las entidades dedicadas a la agricultura, los
cuales son comunes en estas entidades y se otorgan
para mantener una actividad o para desarrollar una
nueva en ciertas regiones; o bien, para apoyar en caso
de siniestros naturales, entre otras varias razones.
Para efectos de las NIF, un subsidio gubernamental
se dene como un apoyo económico otorgado a una
DOSSIER
12
CONTADURÍA PÚBLICA
13

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR