El neoconstitucionalismo y los derechos fundamentales

AutorRaymundo Gil Rendón
CargoLicenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. Especialidad y Maestría en Derecho Constitucional, Administrativo y Amparo por la U.N.A.M.
Páginas43-61
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Criterios de interpretación y aplicación de textos
normativos en el Juicio Contencioso Administrativo
EL NEOCONSTITUCIONALISMO
Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Raymundo Gil Rendón*
Resumen
El Estado de derecho ha sido objeto de estudi o a través de dos en-
foques : co mo asp iración polít ica y como pret ensión de seguridad
jurídica; ambas bajo tintes de una visión ideológi ca cuya finalidad
es la d e leg itimar y jus tificar la existencia del estado en términos
jurídic os. El Neoconstit ucionalismo alude a una nue va vis ión de l
estado de derecho que parte del co nstitucionali smo, cuy a cara cte-
rística primordial es la primacía de la constitución sobre las demás
normas j urídicas y que vienen hacer la distinción entre reglas como
normas legalistas y principios como normas constitucional es.
Palabras clave
Estado de Derecho
Derechos Humanos
Neocon stitucio nalismo
Reglas
Principio s
* Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la U.N.A.M. Especialidad y Maestría en
Derecho Constitucional, Administrativo y Amparo por la U.N.A.M. Doctorado en Investiga-
ción en Derechos Humanos por la U.N.A.M. Catedrático de Postgrado de la Facultad de Dere-
cho de la U.N.A.M.
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Quid Iuris 12
In trod ucc ión
En el devenir his tórico se ve implic ado la e volución del tér mino
Esta do de Der echo que inicial mente se despre nde d e la con cepción
liberal en la cual el Estado sólo funge como mero guardián del cumpli-
miento de la ley.
Debido a l a ambigü edad del término resulta casi imposible dar un
concepto único o e xclusivo, por lo que para términos de este artículo
se abordará en un a expres ión téc nico-jurídica, entendida como aque-
llas condi ciones jurídi cas i ndispensa bles para el fu ncionamie nto d el
Estado; bajo la c ual, se considera como modelo ideal aquél en que se
visl umbre el cumplim iento formal de la ley como fin del Est ado de
Der echo.
A través de la De claración Franc esa de los Dere chos del Ciudadano
se observa la separación de p oderes y la existenc ia de derechos; y de
acuerdo al pen samiento de Hans Kelsen, el Estado de Dere cho es más
que una estructura formal de respeto a la ley, pues va encaminado a
considerar exigencia de índo le material y espiritual, como lo es el res-
peto a la dignidad humana.
Estado de Derecho
El Estado de Derecho puede ser estudiado bajo diferentes enfoques;
como una aspiración política o como una pretensión de seguridad jurí-
dica, lo cual equiv ale a una visi ón id eológica bajo los ámbit os de la
ciencia políti ca o de la cien cia del derecho . Ambas ideologí as pret en-
den justificar y legitimar el Es tado bajo un suste nto jurídico.
El método hist órico muestr a las diferentes acepciones y concepci o-
nes que ha tenido en el devenir de los acon tecimientos políticos, eco-
nómicos y socia les de la human idad el término Estado de Derecho.
El estado de Derecho baj o el análisis del lenguaje
Se ha p retendido concept ualizar el Estado de De recho e n un solo
término bajo la lexi cología que englobe el concepto general con la idea
de atrapar todas las ideologías en una sola i dea totalizadora que impida
salirse de u n solo enfoque, lejos de cualquier tinte político, lo cual ha
sido históricame nte una visión dogmática y autoritaria, ya que a l va-

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