Patishtán: el camino a la libertad

AutorJulio Hernández Barros
CargoComisionado ejecutivo del Sistema Nacional de Atención a Víctimas
Páginas25-27

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El profesor indígena tzotzil Alberto Patishtán fue condenado a 60 años de prisión acusado de perpetrar una emboscada que dejó siete policías muertos en la carretera que une a los municipios Simojovel y El Bosque.

Aunque el proceso estuvo plagado de anomalías, incumpliéndose el debido proceso y negándosele el acceso a una debida defensa, desde el momento mismo de iniciar las primeras averiguaciones —donde no se preservó el lugar de los hechos— no existió una adecuada recolección y clasificación de evidencias, rompiéndose completamente la cadena de custodia.

El único testigo que existe declara contradictoriamente, en varias ocasiones, manifestando en un principio que los atacantes estaban encapuchados y por lo tanto no eran identificables, para después de haber sido coaccionado y aleccionado asegurar que reconocía a Alberto Patishtán como uno de los agresores.

A esto se le suma la incompetencia de quien entonces asumió su defensa, que no ofreció las pruebas adecuadas, que no interrogó debidamente a los testigos de cargo, que omitió interponer recursos, etcétera, violando con todo esto el derecho de defensa adecuada que preconiza nuestra Constitución.

Así, con todos estos vicios, Patishtán fue condenado en primera instancia a 60 años de prisión, cuestión que fue confirmada en apelación, después de lo cual le fue negado el amparo, sentencias todas que convalidan la arbitrariedad de la indagatoria y le dan valor a pruebas claramente prohibidas por nuestra legislación por haberse obtenido con base en violación de derechos humanos.

Ante este sombrío panorama, la esperanza no sólo de Alberto Patishtán sino de buena parte de los defensores de derechos humanos, de la sociedad misma que exigía su liberación, e incluso de muchos sectores del gobierno que comprenden la injusticia que se ha cometido, se depositó en el incidente de reconocimiento de inocencia que presentó su actual defensa en septiembre de 2012.

Sin embargo, el 12 de septiembre de 2013, el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito, perteneciente al Poder Judicial Federal, determinó que los elementos que se aportaron en el recurso no eran suficientes para invalidar las pruebas que dan sustento a la sentencia que lo condena a 60 años de prisión.

A pesar de haber sido requerida para hacerlo, la Suprema Corte de Justicia
de la Nación se negó a atraer el caso del indígena tzotzil, cuestión que no concuerda con la propia postura de este máximo tribunal en casos tan emblemáticos como el de Florence Cassez, que ante la presión del gobierno francés no sólo atrajo el caso, sino que decretó la inmediata libertad de la ciudadana gala arguyendo violaciones procedimentales.

El conocido capo de la droga Ernesto Caro Quintero, quien incluso ofreció pagar la deuda...

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