Movimientos afiliatorios en el IDSE (IMSS desde su empresa). El sistema sí emite el acuse de recibo correspondiente. Tesis de Tribunal Colegiado

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Movimientos afi liatorios en el IDSE (IMSS desde
su empresa). El sistema sí emite el acuse
de recibo correspondiente.
Tesis de Tribunal Colegiado
De acuerdo con el artículo 15, fracción I, de la LSS, todos los patrones tienen obligación de inscribir a sus trabajado-
res ante el IMSS, comunicar sus altas y bajas, así como las modificaciones de su salario y los demás datos, dentro
de plazos no mayores de cinco días hábiles; por tanto, la presentación de movimientos afiliatorios al IMSS implica
una responsabilidad fundamental, ya que de ello depende el importe de las cuotas obrero-patronales que deberán
pagarse al instituto.
Actualmente, la mayoría de los patrones presentan los movimientos afiliatorios mediante el sistema “IMSS desde su
empresa” (IDSE); sin embargo, este sistema sólo realiza las operaciones que el usuario le indica y como cualquier
acto administrativo se debe contar con el documento y/o acuse que ampare el cumplimiento de las obligaciones pa-
tronales ante la autoridad (Seguro Social), máxime que se trata del derecho a la seguridad social de los trabajadores.
En este sentido, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito emitió la tesis aislada
I.4o.A.133 A (10a.) en la que establece que el envío de la información de movimientos afiliatorios puede hacerse
desde el sistema IDSE, una vez que la empresa se inscribe para utilizar este servicio, los 365 días del año, a cualquier
hora, y la fecha y hora de transmisión son registradas y consideradas para efectos del proceso y cumplimiento de los
plazos legales; además, detalla el procedimiento siguiente:
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noviembre 2018
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