Mónica González Contró. Los desafíos legales de la UNAM
Autor | Rafael Ruiz Mena |
Páginas | 14-17 |
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Hablamos de la cabeza del subsistema jurídico de la UNAM que se encarga, fundamentalmente, de resguardar el cumplimiento de la legislación universitaria, a través del seguimiento y la elaboración de proyectos normativos de la universidad, acuerdos del rector, convenios y contratos, así como el estudio y análisis de diversos documentos de esta naturaleza.
Por otra parte, también tiene la representación de la UNAM en asuntos de índole contencioso y administrativo para la defensa de los intereses de nuestra máxima casa de estudios. Asimismo, apoyamos en la consecución de los fines universitarios, es decir, la docencia, la investigación y la difusión de la cultura.
Desde luego la Oficina de la Abogada General, que cuenta con dos direcciones generales que atienden, precisamente, los dos grandes rubros de los que ya hablaba: la Dirección General de Estudios de Legislación Universitaria y la Dirección General de Asuntos Jurídicos; además, por la naturaleza descentralizada de la UNAM, contamos con una Coordinación de Oficinas Jurídicas.
Por la descentralización, que ya mencioné, la UNAM cuenta con 47 oficinas jurídicas que atienden a escuelas, facultades y coordinaciones. Dichas dependencias desarrollan sus funciones con autonomía y, por lo tanto, cuentan con su propia oficina jurídica; sin embargo, la coordinación de estas oficinas y las directrices bajo las cuales trabajan le corresponde a la Oficina de la Abogada General.
Ahora que menciona la autonomía, ¿en qué consiste ésta respecto a la UNAM? Es un tema que siempre ha causado polémica. Cierto, yo le diría que la autonomía debemos entenderla en tres vertientes. Una, la normativa que se refiere a la capacidad que tiene la universidad de dotarse de sus propias reglas, es decir, de auto-rregularse. Nuestra Ley Orgánica fue expedida por el Congreso de la Unión, pero el resto de la legislación que emana de allí es aprobada por el Consejo Universitario; en esa labor, como comenté, apoya la Oficina de la Abogada General. La segunda se refiere a la autogestión administrativa que implica el libre manejo de su presupuesto.
Es la académica, que se refiere a la capacidad para decidir nuestros propios procesos, los tipos de estudios...
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