Otras modalidades de disolución matrimonial y de otros vínculos
Autor | María de Montserrat Pérez Contreras |
Páginas | 37-43 |
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Si bien se han abordado las formas tradicionales de divorcio, existen distintas circunstancias en las que se terminan las relaciones matrimoniales o incluso las relaciones de hecho. A continuación abordaremos algunas de estas circunstancias.
Divorcio en México de matrimonios celebrados en el extranjero
De acuerdo con la legislación aplicable, los juzgados del registro civil y los juzgados mexicanos son competentes para conocer de los juicios de divorcio solicitados o demandados en territorio nacional, independientemente de la nacionalidad de uno o ambos cónyuges, así como para conocer del divorcio entre mexicanos o entre mexicanos y extranjeros, cuyo matrimonio se hubiera celebrado en el extranjero; en estos casos se aplica la legislación civil o familiar vigente en la entidad federativa correspondiente. Para ello será necesario que el matrimonio se haya registrado ante las autoridades mexicanas.
Registro en México
Se puede registrar el matrimonio cuando el domicilio conyugal se encuentre establecido en territorio nacional. El registro debe realizarse personalmente en los juzgados del Registro Civil y deben presentarse los siguientes documentos:
Requisitos para el registro
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Original y copia certificada del acta de matrimonio, apostillada o legalizada según el país donde se hubiera celebrado.
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Cuando el acta conste en un idioma distinto al español, su traducción y la de la apostilla debe ser realizada por un perito autorizado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal o de la entidad federativa donde se esté llevando a cabo el registro.
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Copia certificada del acta de nacimiento del cónyuge de nacionalidad mexicana.
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Comprobante de domicilio establecido de por lo menos seis meses, en el Distrito Federal o en la entidad federativa que corresponda, a nombre del interesado.
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Identificación oficial y copia. En caso de que el interesado no pueda acudir personalmente ante la autoridad registral, por encontrarse impedido o fuera de la entidad federativa o del país, podrá otorgar poder notarial a un tercero para que lo represente.
La dirección general del Registro Civil en el Distrito Federal, así como las oficinas respectivas en los estados de la República podrán facilitar la información correspondiente para cada caso.
Cuando el matrimonio se haya celebrado en el extranjero y el domicilio conyugal también se haya establecido fuera del país, este trámite debe realizarse ante el consulado o la embajada de Mé xico que corresponda.
Divorcio celebrado en el extranjero
En caso de que el divorcio sea demandado por cónyuges mexicanos en el extranjero, casados en México y radicados en el extranjero o casados y radicados en el extranjero o casados en el extranjero con personas de otra nacionalidad, el Código Federal de Procedimientos Civiles señala que las sentencias y cualquier resolución judicial expedida en el extranjero como consecuencia del divorcio, tendrán eficacia y serán reconocidas en todo el país, siempre que la resolución no sea contraria o entre en conflicto con las disposiciones establecidas en nuestro derecho interno o nacional en materia familiar y de derechos humanos.
Convalidación en México
Igualmente, cualquier divorcio demandado y decretado en el extranjero, será necesario convalidarlo o registrarlo ante la autoridad registral, es decir, el registro civil. Deberán entregarse copia certificada y apostillada del acta de divorcio así como la traducción correspondiente, realizada por un perito traductor regis-trado ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal o su...
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