Mitos y realidades de la ley de seguridad interior

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Hace ya varios años que las tropas armadas, los transportes y convoyes militares artillados sólo se veían en las calles durante el desfile militar de cada 16 de septiembre. Fuera de esa fecha, extrañaba verlos circular por las avenidas abordo de sus vehículos milicianos, incluso, se generaba inquietud si los elementos iban armados y los vehículos se encontraban artillados. Sin embargo, el extrañamiento se resolvía con la certeza de que únicamente se trataba del desplazamiento de tropa hacia otro cuartel o instalación.

Desgraciadamente, esto ya no es así, pues desde hace 12 años nos hemos acostumbrado a ver en las avenidas de las ciudades, grandes o pequeñas, de los municipios y poblados, la vigilancia recurrente o peor aún, constante, de vehículos militares del Ejército o de la Marina, fuertemente armados sobre unidades artilladas. En muchos casos, apenas unos momentos después de avistados, se desencadena el tronar de los disparos y el tableteo de las ametralladoras, signo inequívoco de un enfrentamiento más entre nuestras Fuerzas Armadas y miembros del hampa organizada.

Efectivamente, nuestras Fuerzas Armadas por señalamiento del artículo 129 constitucional, en tiempos de paz, únicamente pueden ejercer funciones que tengan conexión con la disciplina militar. Por mandato de su Comandante supremo, el Presidente de la República, salieron a las calles para auxiliar a las fuerzas del orden civil, que sin la preparación suficiente, desorganizadas, sin armamento adecuado o de plano, sin contar con él, habían sido rebasadas y en muchos de los casos compradas, infiltradas y, hasta dirigidas por la delincuencia organizada. Tenían como rehenes y víctimas no sólo a las instituciones, sino a la ciudadanía en general, a la que reclutaban mediante el secuestro de los jóvenes para sumarlos a sus bandas criminales; extorsionaban, robaban y asesinaban, lo que generaba incluso, el abandono de pueblos enteros por miedo a la situación y las represalias de esos delincuentes.

Lamentablemente, pese a la función desplegada por las fuerzas armadas y en menor participación las policías civiles, esos fenómenos delictivos persisten lacerando cada vez más a los ciudadanos y a las instituciones.

No es desconocido para muchos que desde el año 1995 se prendieron focos rojos en el territorio nacional generados por el avance voraz de la delincuencia organizada, desde su actividad más conocida, el narcotráfico, hasta la trata de personas. Tampoco que desde hace por lo menos 15 años, el gobierno federal inició el programa de capacitación, adiestramiento y equipamiento de las policías federales, labor que debía ser efectuada también por los gobiernos estatales y municipales con sus fuerzas civiles, con miras al combate a la delincuencia organizada y proveer a la nación de la seguridad pública requerida para vivir en paz. La falta de presupuesto, de capacidad, pero fundamentalmente, de voluntad política ha impedido que se consiga esa meta ansiada por la sociedad, que la reclamama, y la merece.

En muchos casos, la capacitación, adiestramiento y equipamiento de las fuerzas de seguridad pública civiles se tornó en el pretexto ad hoc para la obtención de mayores recursos económicos para los algunos estados y municipios que los destinaron a otras actividades; como la corrupción. Lo que ocasionó su razago y debilitamiento. En muchos casos, incluso, los altos mandos fueron infiltrados por delincuentes, lo que colocó a

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la ciudadanía y a las instituciones en franco peligro; con ello, la paz social de algunas regiones y estados completos de nuestro país.

Esta situación sustentó el que el Presidente Felipe Calderón considerara que la gravedad y alcance de la delincuencia organizada había dejado de ser sólo una situación de seguridad pública, presentándose ya como un problema de seguridad interior. Ante ello, generó la orden al Secretario de la Defensa Nacional para que en conjunto con la Secretaría de Marina, la Procuraduría General de la República y la Secretaría de Seguridad Pública Federal, se incrementaran la acciones que ya venían desarrollando de combate al narcotráfico y la delincuencia organizada. Una tarea que se desarrolló bajo la estrategia contenida en la “Directiva para el Combate Integral al Narcotráfico 2007-2012”; los objetivos eran destruir la base económica de los narcotraficantes, impedir la cosecha de enervantes; inhibir el uso del territorio nacional para el tráfico de drogas; y coadyuvar con otras autoridades en la desarticulación de estructuras de la delincuencia organizada.

Habrá que precisar que la decisión presidencial tuvo fundamento en la fracción vi del artículo 89 de la Constitución Federal, que establece: “Artículo 89.- Las facultades y obligaciones del Presidente, son las siguientes: VI.- Preservar la seguridad nacional, en los términos de la ley respectiva, y disponer de la totalidad de la Fuerza Armada permanente o sea del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior de la Federación”. Amén de ello, también tuvo soporte legal en la tesis de la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitida con motivo de la acción de inconstitucionalidad presentada en 1996 por el entonces diputado federal Leonel

Godoy por la presencia del Ejército en el estado de Michoacán que había sido enviado por el presidente Zedillo, tesis sustentada en el precepto constitucional antes indicado.

Por unanimidad, los ministros observaron que la realidad puede generar situaciones que no justifiquen el estado de emergencia previsto en el artículo 29 constitucional. Sin embargo, ante el peligro de que éstas se agudicen, es posible disponer de la fuerza con que cuenta el Estado, aunque sujetándose a las disposiciones constitucionales, por lo que existe la facultad del presidente de la República de disponer del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea para salvaguardar la seguridad interior sin tener que hacer una declaratoria de guerra, como lo prevé el artículo 129 constitucional.

Con base en lo anterior, es claro que la presencia del ejército en las calles no transgrede el marco constitucional al no violar lo establecido por los artículos 129 y 21 de la Constitución Federal; por tanto, el desempeño de las tareas de seguridad pública no es ilegal.

Sin embargo, carecía de un marco legal, no que legitimara su actuar, sino que lo regulara, produciendo así seguridad jurídica no sólo a la ciudadanía en general, sino también a las propias Fuerzas Armadas a efecto de continuar contribuyendo a la consecución de uno de los principales postulados del contrato social de Jean-Jacques Rousseau, para que el individuo que decide vivir en sociedad necesita del Estado de Derecho que le asegure las libertadas para poder convivir, siendo ésta si no la principal función del Estado, sí una de

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OPERACIONES DE LAS FUERZAS ARMADAS EN APOYO A LA SEGURIDAD 2012-2017

ESTADO - EL PERSONAL DEL EJÉRCITO Y FUERZA AÉREA MEXICANOS DURANTE LA PRESENTE ADMINISTRACIÓN HA LOGRADO LOS RESULTADOS SIGUIENTES:

Aguascalientes - El aseguramiento de 2,473 kgs. de mariguana, 21 kgs. de cocaína, 6 kgs. de heroína y 75 kgs. de metanfetamina, así como 101 detenidos, 21 armas de fuego, 11,209 municiones, 43 vehículos terrestres, $4'117,517 moneda nacional y 245,752 dólares americanos, lo que denota el debilitamiento a la estructura de las diversas organizaciones delictivas que operan en nuestro país, recuperando espacios públicos y garantizar la paz social y el estado de derecho.

Baja California - 106 has. de mariguana y 27 has. de amapola erradicadas, el aseguramiento de 325,676 kgs. de mariguana, 2,357 kgs. de cocaína, 715 kgs. de heroína, 7 kgs. de goma de opio y 7,908 kgs. de metanfetamina, así como 1,565 detenidos, 654 armas de fuego, 60,476 municiones, 6 granadas, 883 vehículos terrestres, 49 vehículos aéreos, 13 vehículos marítimos, $6’928,842 moneda nacional, 3’565,701 dólares americanos y 1 laboratorio, lo que denota el debilitamiento a la estructura de las diversas organizaciones delictivas que operan en nuestro país, recuperando espacios públicos y garantizar la paz social y el estado de derecho.

Baja California Sur - 2 has. de mariguana y el aseguramiento de 16,349 kgs. de mariguana, 76 kgs. de cocaína, 33...

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