México al Garete

AutorMtra. Raquel Soto Sánchez
Páginas54-55

Page 54

La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982 (convemar) tiene como objetivo tratar los problemas que atañen a los espacios marítimos en razón de lograr un único orden jurídico, económico, justo y equitativo para los mares y océanos que facilite la comunicación internacional; tenga presentes los intereses así como las necesidades de toda la humanidad. Además, proporciona el marco jurídico reconocido hasta la fecha por los 167 Estados signatarios, para regular las reclamaciones jurisdiccionales y la delimitación de las fronteras marítimas, entre otras cuestiones relativas al mar. En el primer tema, da paso al establecimiento de las zonas marítimas bajo la soberanía del Estado ribereño, en particular las aguas interiores, el mar territorial y aquellas bajo su jurisdicción, es decir, las zonas contigua y económica exclusiva, las cuales proporcionan seguridad (jurídica) marítima al frente a amenazas externas tales como actos terroristas y/o el uso de la fuerza militar no autorizada, entre otras.

El establecimiento de límites marítimos en el campo de las relaciones internacionales entre los Estados ha sido de gran relevancia durante el siglo xx; debido a que por regla general, su delimitación es una condición previa para la exploración y explotación de los recursos naturales de la zona económica exclusiva y la plataforma continental. Además, es un precursor esencial para la plena realización del potencial económico del Estado ribereño, preservar las relaciones pacificas e incrementar la efectividad de cooperación internacional entre los Estados vecinos al brindar claridad, seguridad y certeza jurídica.

Hasta la fecha, México no ha esclarecido sus fronteras marítimas con Guatemala a pesar de que sus zonas económicas exclusivas se superponen. Se ha afirmado que el artículo iii del Tratado de Límites de 27 de septiembre 1882 establece la frontera marítima entre estos países pero sin haber fijado coordenadas definidas. Respecto de los límites fronterizos entre México y Belice, el 8 de julio de 1893 se firmó el Tratado sobre Límites con Honduras Británicas; y el 7 de abril de 1897 se firmó la Convención Complementaria. Esta última confiere a perpetuidad la libre navegación de las embarcaciones mercantes mexicanas en las aguas bajo la soberanía Beliceña; sin embargo, la frontera marítima aún no ha sido trazada. Esta situación inhabilita a México en la definición de su territorio en el mar así como en el ejercicio de...

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