Parámetros de autorregulación en materia de protección de datos personales. Entérese en qué consisten
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En los últimos años, la protección de los datos personales en posesión de los particulares ha tenido gran importancia; de ahí que se haya regulado su tratamiento a través de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP), su reglamento y demás disposiciones, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas mediante el aviso de privacidad.
El artículo 44 de la LFPDPPP establece que las personas físicas o morales podrán convenir entre ellas o con organizaciones civiles o gubernamentales, nacionales o extranjeras, esquemas de autorregulación vinculante en materia de protección de datos personales en posesión de particulares, es decir, podrán elaborar reglas específicas o buenas prácticas desde la autorregulación a fin de complementar la ley de la materia, con objeto de abordar situaciones problemáticas particulares de sectores específicos, que no hayan sido previstas en el carácter general de la normativa.
Al respecto, la SE publicó en el DOF del pasado 29 de mayo los "Parámetros de autorregulación en materia de Protección de Datos Personales" (Parámetros) que disponen las reglas, los criterios y los procedimientos para el correcto desarrollo e implementación de la autorregulación.
Precisamos los principales aspectos de los parámetros de autorregulación en materia de protección de datos personales.
La LFPDPPP y demás ordenamientos de la materia permiten que las personas físicas o morales convengan entre ellas o con organizaciones civiles o gubernamentales, nacionales o extranjeras, esquemas de autorregulación.
Esquemas de autorregulación
De acuerdo con el artículo 4o., fracción IV, de los Parámetros, se entenderá por esquemas de autorregulación lo siguiente:
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Conjunto de principios, normas y procedimientos, de adopción voluntaria y cumplimiento vinculante, que tiene como finalidad regular el comportamiento de los responsables y encargados respecto a los tratamientos de datos personales que lleven a cabo.
De lo anterior, destaca que los esquemas de autorregulación son:
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Asimismo, estos esquemas podrán traducirse en códigos deontológicos (criterios, normas y valores) o de buena práctica profesional, sellos de confianza u otros mecanismos, y contendrán reglas o estándares específicos que permitan armonizar los tratamientos de datos efectuados por los adheridos y facilitar el ejercicio de los derechos de los titulares.
La autorregulación vinculante en materia de protección de datos personales se regirá por los siguientes principios:
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Los esquemas de autorregulación podrán traducirse en códigos deontológicos o de buenas prácticas profesionales...
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