Mesa 7: Interpretación Constitucional y Constitucionalidad

AutorJosé Julián Domínguez Arroyo
Cargo del AutorTitular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación
Páginas115-121
MESA 7
INTERPRETACIÓN CONTITUCIONAL Y COSNTITUCIONALIDAD
(Versión estenográfica)
LIC. JOSÉ JULIÁN DOMÍNGUEZ ARROYO
Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Gobernación.
Antes de iniciar con el desarrollo del tema, con el cual se me ha invitado
a participar en este evento, quiero referirme a dos de las expresiones que le
dan contexto, puesto qu e analizadas en sí mismas son sumamente
esclarecedoras respecto de los resultados que podemos esperar de este
ejercicio de reflexión conjunta.
Me refiero, por una parte, a la expresión “interpretación constitucional”,
que forma parte del nombre de este Seminario.
Por otra, a la expresión “constitucionalidad”, utilizada como parte de la
denominación de este panel.
Entiendo que la expresión “interpretación constitucional” ha sido usada
para nombrar este Seminario en sentido amplio. Así pues, cada uno de los
participantes, desde diversas experiencias y espacios –la reflexión
académica, la función ejecutiva, la función judicial y la función legislativa-,
dialogaremos en torno a la experiencia interpretativa de la Constitución.
Ello, en sí mismo, supone un matiz al paradigma de la “interpretación
constitucional” en sentido estricto, pues tradicionalmente se ha
considerado que se trata de una actividad reservada a la jurisdicción
constitucional.
Me parece que los cambios que ha experimentado el país, la nueva
realidad política y social de México, nos permiten y nos exigen reconocer el
paradigma de la “interpretación constitucional” en sentido amplio, esto es,
democratizar la experiencia interpretativa de la Constitución, sin perjuicio
de la facultad formal y terminal que en la materia corresponde a los órganos
jurisdiccionales bajo el paradigma de la “interpretación constitucional” en
sentido estricto.
Así, los participantes en la comunidad interpretativa de la Constitución
somos potencialmente todos: los Poderes de la Unión, los órdenes de
gobierno, los organismos constitucionales autónomos, las organizaciones
sociales y cada ciudadano en lo particular, porque quien vive la norma,
también la interpreta”.
En la democracia, todos, en cuanto integrantes de la comunidad jurídico
política, estamos en aptitud de ser intérpretes constitucionales: los
particulares, mediante el ejercicio de sus derechos y garantías
115

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR