Mesa 12: La facultad de investigación de la Suprema Corte de Justicia de La Nación

AutorMargarita Beatriz Luna Ramos
Cargo del AutorMinistra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Páginas179-188
MESA 12
LA FACULTAD DE INVESTIGACIÓN DE LA
SUPREMA CORTE DE JUSTICIADE LA NACIÓN
(Versión estenográfica)
MINISTRA MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
Muy buenas tardes tengan todos ustedes. Es para mí motivo de gran
satisfacción venir a platicar sobre la interpretación constitucional y sus
perspectivas. Sobre todo, agradecer de manera muy especial al licenciado
César Becker Cuéllar por esta invitación y, por compartir este presídium con
tan distinguidas personalidades del mundo jurídico y académico, sobre todo
jurisdiccional.
Y desde luego, contar con un auditorio tan selecto para platicar sobre un
tema, que creo en la actualidad cobra gran importancia desde el punto de
vista jurisdiccional; sobre todo, que somos los encargados y los intérpretes
de la Constitución.
Yo quisiera mencionar que este diplomado también ha recibido el
nombre del Seminario de Interpretación Constitucional y sus Perspectivas.
Yo quisiera platicar con ustedes, muy brevemente, acerca de las
perspectivas de la interpretación constitucional, a la luz no un caso
concreto, sino de un procedimiento concreto que la Suprema Corte de
Justicia de la Nación tiene en su competencia, en relación con la facultad de
investigación que se establece en el artículo 97 de la Constitución.
Por qué quiero hablar de este caso, que es en realidad un procedimiento
que en siete ocasiones la Suprema Corte ha ejercido esta facultad a lo largo
de su historia desde 1917 hasta la fecha. Entonces, ¿por qué tomo este caso
emblemático o este procedimiento para efectos de las pe rspectivas de la
interpretación constitucional?
Primero, porque es un procedimiento del que solamente tenemos en la
actualidad, antes teníamos dos párrafos, ahora tenemos un solo párrafo en
el artículo 97 de la Constitución. Entonces, ¿qué quiere decir? Que todo el
desarrollo de este procedimiento se lleva a cabo exclusivamente con pura
interpretación por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
¿Por qué traigo a colación este caso para efecto de las perspectivas? Lo
traigo a colación, porque creo que es muy importante sobre todo en un
Seminario en el que se ha estado analizado cuáles son las tendencias de lo
que a través del análisis de diferentes puntos doctrinarios se conoce como
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