Mercancías importadas al amparo de un programa Immex, ¿están exentas del cumplimiento de las regulaciones o restricciones no arancelarias?

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Mercancías importadas al amparo
de un programa Immex,
¿están exentas del cumplimiento de las regulaciones o
restricciones no arancelarias?
Introducción
El artículo 108 de la LA establece que las empresas
con programas de exportación autorizados por la SE,
como el programa Immex, podrán efectuar la importa-
ción temporal de mercancías para retornarlas al extran-
jero después de haberlas destinado a un proceso de
elaboración, transformación o reparación, así como las
mercancías para retornar en el mismo estado, en los
términos del programa autorizado, siempre que cum-
plan con los requisitos de control que disponga el SAT
mediante reglas.
Con base en lo anterior, las empresas Immex podrán
efectuar la importación temporal de cierta mercancía
para retornarla al extranjero después de haberla des-
tinado a un proceso de elaboración, transformación o
reparación en los términos del programa Immex.
Comentamos las disposiciones legales que regulan el
programa Immex y las obligaciones que se deben cum-
plir respecto a regulaciones o restricciones no arance-
larias.
Importación temporal de mercancías conforme al
artículo 108 de la LA
Importación temporal de mercancías para retornar-
las al extranjero después de haberlas destinado a
un proceso de elaboración, transformación o repara-
ción en los términos del programa
Según el artículo 108 de la LA, las maquiladoras y las
empresas con programas de exportación autorizados
por la SE podrán efectuar la importación temporal de
mercancías para retornarlas al extranjero después de
haberlas destinado a un proceso de elaboración, trans-
formación o reparación, así como las mercancías para
retornar en el mismo estado, en los términos del progra-
ma autorizado, siempre que cumplan los requisitos de
control que establezca el SAT mediante reglas.
Con base en lo anterior, las empresas Immex podrán
efectuar la importación temporal de las mercancías para
regresarlas al extranjero después de destinarlas a un
proceso de elaboración, transformación o reparación,
en los términos siguientes:
Taller de prácticas
COMERCIO
EXTERIOR
B9
1a. quincena
agosto 2020

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