Mensaje de la presidencia

AutorDiamantina Perales Flores
CargoPresidente del CEN del IMCP
Páginas2-2
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El 19 de enero de 1943 se emitió la Ley del Seguro Social,
por lo que a partir de ese año se crea Instituto Mexicano
del Seguro Social, cuyo objetivo es garantizar el derecho a
la salud, la asistencia médica, la protección de los medios
de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el
bienestar individual y colectivo, así como otorgar una pen-
sión que, previo cumplimiento de los requisitos legales,
será garantizada por el Estado. Por lo antes citado, siendo
la seguridad social un tema de gran importancia nos di-
mos a la tarea de desarrollar, en esta edición, temas de gran
relevancia en esta materia.
Por otro lado, como recordarán, el 12 de noviembre de 2020,
el Ejecutivo Federal presentó la Iniciativa que reforma, adi-
ciona y deroga diversas disposiciones con la nalidad po-
ner orden en todo lo relacionado con la subcontratación,
conocida como outsourcing, ya que, el Ejecutivo consideró
que, en algunos casos, se ha utilizado esta gura como una
forma de defraudación scal y, sobre todo, que afecta a los
trabajadores porque se les niegan prestaciones. La Inicia-
tiva regula tres guras: la subcontratación de personal, los
servicios y obras especializadas, así como las agencias de
colocación. Al respecto, en diciembre de 2020 se rmó el Acuerdo tripartita entre el sector empresarial,
el sector obrero y el Gobierno de México, respecto a la subcontratación, en el cual se destaca que en este
mes de febrero de 2021 se retomará la discusión parlamentaria de la Iniciativa, misma que se señalará
como preferente, para que, en un plazo no mayor a 30 días, pueda discutirse y, en su caso, aprobarse; por
ello, en el IMCP nos daremos a la tarea de participar una vez más en el Parlamento Abierto para mani-
festar nuestra postura técnica y sus impactos, dando puntual seguimiento a este tema tan relevante.
En materia scal, respecto a las erogaciones efectuadas por salarios y, en general, por la prestación de
un servicio personal subordinado, en algunas ocasiones los patrones se ven en la necesidad de pagarlas
en efectivo; por lo que, estas podrán ser deducibles, siempre que, además de cumplir con todos los re-
quisitos que señalan las disposiciones scales para la deducibilidad de dicho concepto, se cumpla con
la obligación de la emisión del comprobante scal correspondiente por concepto de nómina.
Referente al Seguro de Riesgos de Trabajo, que es otro de los conceptos que se da en materia laboral, el cual
consiste en medir el grado de siniestralidad al que está expuesto el trabajador por la realización de sus acti-
vidades que, además, en caso de que le llegara a ocurrir al trabajador, sus familias tendrán derecho a percibir
prestaciones en dinero y en especie; y en caso de que se incapaciten o fallezcan a causa de un accidente de
trabajo, un accidente en trayecto de su domicilio al centro laboral o viceversa, o bien, una enfermedad pro-
fesional ocasionada por la exposición constante en su ambiente laboral.
Por lo anterior, es importante tener un compliance laboral con el objetivo de detectar y gestionar los
riesgos de incumplimiento normativo, mismos que emanan de obligaciones exigibles por terceros
como de compromisos asumidos por la empresa voluntariamente, por lo que, el área laboral necesita
una mayor vigilancia, con la nalidad de realizar los ajustes necesarios y a la brevedad, para que la em-
presa tenga el correcto funcionamiento y así evitar caer en irregularidades.
La presente edición de nuestra revista Contaduría Pública, contiene temas de gran interés además de
los antes mencionados, como lo son la determinación presuntiva de aportaciones al Seguro Social, la
reingeniería de las obligaciones patronales ante el IMSS y la necesaria reestructura del sistema scal
en México.
MENSAJE DE LA
PRESIDENCIA
P  CEN  IMCP

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