De los medios para comunicar el aviso de privacidad

AutorMariano Carlos Rosales Ortiz
Páginas157-159

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Medios para comunicar el aviso de privacidad

Decimoquinto. El responsable podrá publicar el aviso de privacidad en el marco de los presentes Criterios Generales a través de los siguientes medios, a los que refiere el artículo 35 del Reglamento:

  1. Diarios de circulación nacional;

  2. Diarios locales o revistas especializadas;

  3. Página de Internet del responsable;

  4. Hiperenlaces o hipervínculos situados en una página de Internet del Instituto;

  5. Carteles informativos;

  6. Cápsulas informativas radiofónicas, y

  7. Otros medios alternos de comunicación masiva.

Selección de los medios

Decimosexto. Para la selección de los medios de publicación del aviso de privacidad a través de medidas compensatorias, el responsable deberá tomar en cuenta los siguientes factores:

  1. El perfil de los titulares a quienes va dirigida la medida compensatoria, como puede ser su lugar de residencia, edad, género, nivel de

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    instrucción, nivel socioeconómico, ocupación, acceso efectivo a las Tecnologías de la Información y del Conocimiento, gustos y preferencias, entre otros;

  2. Las características generales y particulares del modelo de negocio del responsable, haciendo especial énfasis en las vías o canales a través de los cuales presta sus servicios u ofrece sus productos, así como los medios habilitados para mantener una comunicación general o personalizada con sus clientes, y

  3. Las características del medio en el que se pretende publicar el aviso de privacidad, como puede ser su alcance geográfico, impacto y relevancia, formato, accesibilidad, temporalidad o permanencia, entre otros factores.

    En todo caso, en atención al criterio de máximo alcance, el responsable deberá elegir el medio y el periodo que resulte más eficiente para la difusión del aviso de privacidad, y que permitan abarcar el mayor número posible de titulares, según lo señalado en las fracciones anteriores.

Criterios para la publicación del aviso de privacidad en los diferentes medios

Decimoséptimo. En consideración de lo dispuesto por la fracción III del criterio anterior, el aviso de privacidad se difundirá de manera preferente:

  1. En diarios de circulación nacional cuando el responsable tenga conocimiento de que los titulares a los que irá dirigida la medida compensatoria se encuentran localizados a lo largo...

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