Marco jurídico nacional

Páginas113-180
La violencia contra las mujeres. Marco jurídico nacional e internacional
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1. Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia
Esta ley está compuesta por 3 títulos, 5 capítulos y 59 ar-
tículos, además de 8 artículos transitorios. El primer título
corresponde a las disposiciones generales y en él se señala
el objeto de la ley, los principios rectores para el acceso de
las mujeres a una vida libre de violencia, la definición de los
términos que se emplearán a lo largo del ordenamiento y los
tipos de violencia contra las mujeres. En el segundo título se
determinan las modalidades de la violencia, se establecen la
Alerta de Violencia de Género y las órdenes de protección.
En el tercer título se crea el Sistema Nacional para Prevenir,
Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Muje-
res; se distribuyen las competencias en la materia entre la
federación, las entidades federativas y los municipios; se deli-
mitan los mecanismos de atención a las víctimas y el funcio-
namiento de los refugios para las víctimas de violencia.
IV Marco jurídico
nacional referente a la
vida libre de violencia
Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y la Equidad de Género
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De acuerdo con el artículo 1° de la ley, ésta tiene por objeto
establecer la coordinación entre la federación, las entidades
federativas y los municipios para prevenir, sancionar y erra-
dicar la violencia contra las mujeres, así como los principios
y modalidades para garantizar su acceso a una vida libre de
violencia que favorezca su desarrollo y bienestar conforme a
los principios de igualdad y de no discriminación.
Para efectos del presente análisis es pertinente rescatar las
disposiciones del artículo 2° de la ley, relativo a que la federa-
ción, las entidades federativas y los municipios, en el ámbito
de sus respectivas competencias, expedirán las normas lega-
les y tomarán las medidas presupuestales y administrativas
correspondientes, para garantizar el derecho de las mujeres a
una vida libre de violencia, de conformidad con los tratados
internacionales en materia de derechos humanos de las mu-
jeres, ratificados por el Estado mexicano.
La ley señala cuáles serán los principios rectores para el acce-
so de todas las mujeres a una vida libre de violencia, a saber:
•Laigualdadjurídicaentrelamujeryelhombre;
•Elrespetoaladignidadhumanadelasmujeres;
•Lanodiscriminación,y
•Lalibertaddelasmujeres.
En la ley se señalan los tipos de violencia contra las mujeres,
divididos en violencia psicológica (cualquier acto u omisión
que dañe la estabilidad psicológica, que puede consistir en:
negligencia, abandono, descuido reiterado, celotipia, insultos,
humillaciones, devaluación, marginación, desamor, indiferen-
cia, infidelidad, comparaciones destructivas, rechazo, restric-
ción a la autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan
a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la devaluación de
su autoestima e incluso al suicidio); violencia física (cualquier
acto que inflige daño no accidental, usando la fuerza física o
algún tipo de arma u objeto que pueda provocar o no lesio-
La violencia contra las mujeres. Marco jurídico nacional e internacional
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nes ya sean internas, externas o ambas); violencia patrimo-
nial (cualquier acto u omisión que afecta la supervivencia de
la víctima. Se manifiesta en: la transformación, sustracción,
destrucción, retención o distracción de objetos, documentos
personales, bienes y valores, derechos patrimoniales o re-
cursos económicos destinados a satisfacer sus necesidades y
puede abarcar los daños a los bienes comunes o propios de
la víctima); violencia económica (toda acción u omisión del
agresor que afecta la supervivencia económica de la víctima.
Se manifiesta a través de limitaciones encaminadas a contro-
lar el ingreso de sus percepciones económicas, así como la
percepción de un salario menor por igual trabajo, dentro de
un mismo centro laboral); violencia sexual (cualquier acto
que degrada o daña el cuerpo y/o la sexualidad de la víctima
y que por tanto atenta contra su libertad, dignidad e integri-
dad física. Es una expresión de abuso de poder que implica la
supremacía masculina sobre la mujer, al denigrarla y conce-
birla como objeto); cualesquiera otras formas análogas que
lesionen o sean susceptibles de dañar la dignidad, integridad
o libertad de las mujeres.
Asimismo, señala las modalidades de la violencia:
•Enelámbito familiar
De acuerdo con el texto de la ley, esta modalidad de violen-
cia es el acto abusivo de poder u omisión intencional, dirigido
a dominar, someter, controlar, o agredir de manera física, ver-
bal, psicológica, patrimonial, económica y sexual a las muje-
res, dentro o fuera del domicilio familiar, cuyo agresor tenga
o haya tenido relación de parentesco por consanguinidad o
afinidad, de matrimonio, concubinato o mantengan o hayan
mantenido una relación de hecho.
•Enelámbito laboral y docente
Al respecto, la ley indica que se ejerce por las personas que
tienen un vínculo laboral, docente o análogo con la víctima,

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