Manuel Hallivis. El arte de interpretar la ley

AutorÍñigo Fernández Baptista
Páginas34-38

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¿Cuál es la importancia de la interpretación jurídica?

La interpretación es la labor ineludible, espontánea o deliberada que realiza el intérprete para, según el método que suscriba y la técnica que utilice, explicar, descubrir, decidir o atribuir el sentido o la directiva de los textos normativos y, en su caso, determinar sus posibles consecuencias jurídicas con el objetivo de que, posteriormente, y justificando el resultado o producto de su labor interpretativa, lo pueda exponer, traducir, revelar o aplicar, en su caso. Por esa razón, la gran mayoría de las facultades de Derecho de nuestro país la han incorporado como asignatura a sus planes y programas de estudio.

Antes se estudiaba como una pequeña parte de asignaturas como teoría del Derecho, introducción al estudio del Derecho o filosofía del Derecho, como un tema escondido en alguna parte del temario. Pero hoy en día ha resultado evidente que no sólo tiene contenido para obtener el rango de materia, sino que se trata de todo un conjunto de materias —teoría general de la interpretación, argumentación jurídica, lexicología, etcétera— cuya impartición permitirá preparar a nuestros estudiantes tanto para un mejor desempeño profesional y académico como para un más firme y profundo conocimiento de la materia jurídica, por lo cual ha sido incorporado en los programas de estudio de algunas universidades. Sin embargo, considero que todos los centros de estudio de nivel superior deben incluir este conjunto de materias en sus programas de estudio no sólo en licenciatura, sino también en posgrado

¿Hay un énfasis en el aspecto histórico del concepto de interpretación?

Así es, pues se desarrolla una teoría de la evolución del concepto, de la que se sostiene que se ha repetido de la misma manera por lo menos en tres ocasiones: desde la Ley de las XII Tablas hasta el ius publici respondendi; desde el Corpus Iuris Civili, pasando por los glosadores y los posglosadores, hasta el Código Napoleónico, y desde este código hasta la fecha, en que la gran discusión es si el intérprete atribuye contenido al texto normativo o no.

De hecho, el libro plantea que, en un comienzo, la labor del intérprete se limitaba a una actuación casi mecánica, circunscrita a reproducir silogísticamente la ley en cada caso concreto. No obstante, ha habido una evolución y en nuestra época los intérpretes, frente a las diversas alternativas de solución que se les presentan, ya no sólo subsumen en forma fría y automática el caso a una norma aislada, sino que aplican reglas y principios desde todo el ordenamiento jurídico, en un contexto sistémico, siempre justificando, a través de la argumentación, el resultado al que llegan.

Desde su experiencia, ¿cómo cree que deben abordar el tema de la teoría general de la interpretación las escuelas y las facultades de Derecho del país?

Ya comenzaron a hacerlo. Como había comentado, ya se imparten las asignaturas de interpretación, argumentación y lexicología jurídica. Sin embargo, todavía es tibia la incursión en el tema de la interpretación. Esto debe cambiar radicalmente, ya que es un tema de actualidad para abogados postulantes, jueces, administradores públicos y para todo el que participa en cualquier actividad relacionada con el ordenamiento jurídico.

Es importante destacar que las instituciones de educación superior no sólo deben enseñar lo relativo a las normas jurídicas; es vital que enseñen cómo interpretarlas y, sobre todo, cómo aplicarlas. Si bien es cierto que instituciones como la UNAM, la Universidad Pedagógica y la Universidad Iberoamericana ya están incorporando este tipo de enseñanza, creo que deben redoblar sus...

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