Lucro cesante

Artículo 3o. Para efectos de esta Ley se entenderá por:

Lucro cesante: Es la privación de cualquier ganancia lícita que debiera haberse obtenido, de no haber ocurrido el daño producido por la actividad administrativa irregular de los Entes Públicos;

Legislacion: Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal

Tipo: Local

Fecha...

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