Cómo llenar el formato para calificar un riesgo de trabajo

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De acuerdo con los artículos 74 de Ley del Seguro Social (LSS) y 32 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de afiliación, clasificación de empresas, recaudación y fiscalización (Racerf) los empleadores están obligados a revisar cada año su siniestralidad para determinar si permanecen en la misma prima, o si ésta aumenta o disminuye.

Para realizar tal determinación es necesario obtener la siniestralidad considerando como referencia los casos de riesgos de trabajo terminados en el periodo comprendido entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año de que se trate.

Es importante mencionar que los accidentes producidos en el traslado del trabajador, de forma directa, de su domicilio al centro laboral o viceversa, no se tomarán en cuenta para calcular la siniestralidad de las empresas.

Concepto de riesgo de trabajo

En términos de los artículos 474 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y 13 del Reglamento de Servicios Médicos (RSM), se entiende por riesgo o accidente de trabajo toda lesión orgánica o perturbación funcional inmediata o posterior, e incluso la muerte producida de forma repentina en ejercicio o con motivo del trabajo, cualquiera que sea el lugar y el tiempo en que dicha actividad se preste.

Tal normatividad tiene su origen en el artículo 123, fracción XIV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en el cual se señala que los empresarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales de los trabajadores, sufridas con motivo o en ejercicio de la profesión o labores que realicen.

El empleador está obligado a establecer medidas preventivas que contribuyan a erradicar la incidencia de los accidentes o enfermedades presentadas con motivo o en el desempeño de las labores.

Para lograr tal fin, es necesario diseñar programas de seguridad e higiene que coadyuven en el buen desarrollo de las actividades de cualquier empresa, desde luego complementados con la adecuada capacitación y adiestramiento del personal en relación con sus labores, y el uso debido de los equipos de protección y aplicación de medidas de seguridad, sin olvidar las estrategias y actividades que deben seguirse en caso de que se presente una emergencia.

Así, en caso que se presente un accidente de trabajo en el centro laboral será obligatorio que el empleado suspenda sus actividades e informe al patrón o jefe inmediato para que pueda recibir los primeros auxilios o, en su caso, sea trasladado para recibir la atención en la unidad médica más cercana al sitio donde tuvo el riesgo, esto a fin de que sea valorado su estado de salud y se atienda oportunamente, en caso de que se trate de una lesión grave que ponga en peligro su vida.

Una vez que el patrón conoce los hechos estará en condiciones de cumplir con la obligación de informar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) sobre el accidente ocurrido.

Obligación de informar al IMSS de los riesgos de trabajo ocurridos

Por otra parte, de acuerdo con lo establecido en el artículo 21 del RSM, cuando el probable riesgo ocurra fuera del centro laboral, el propio trabajador o las personas que lo...

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