Anexo 2 Listado de servicios cuya prestacion se encuentra expresamente gravada o exenta del iva conforme a disposiciones legales
Autor | E. Campero Guerrero; J. Pérez Chavez; R. Fol Olguin |
Se encuentra sujeta a la tasa del 0% de IVA, la prestación de los servicios independientes siguientes:
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Los prestados directamente a agricultores y ganaderos, cuando se destinen a actividades agropecuarias, por cualquiera de las actividades siguientes:
Perforación de pozos.
Alumbramiento y formación de retenes de agua.
Suministro de energía eléctrica para usos agrícolas aplicados al bombeo de agua para riego.
Desmontes y caminos en el interior de las fincas agropecuarias.
Preparación de terrenos.
Riego y fumigación agrícolas.
Erradicación de plagas.
Cosecha y recolección.
Vacunación.
Desinfectación e inseminación de ganado.
Captura y extracción de especies marinas y de agua dulce.
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Los de molienda o trituración de maíz o de trigo.
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Los de pasteurización de leche.
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Los prestados en invernaderos hidropónicos.
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Los de despepite de algodón en rama.
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Los de sacrificio de ganado y aves de corral.
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Los de reaseguro.
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Los suministros de agua para uso doméstico.
No se tiene la obligación de pagar el IVA por la prestación de servicios en los casos siguientes:
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Las comisiones pagadas a:
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El acreedor por el otorgamiento de créditos hipotecarios para adquirir, ampliar, construir o reparar casas habitación, excepto las que sean pagadas después de que fue autorizado el crédito o sean pagadas a terceros.
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A las Afores o instituciones de crédito por los trabajadores, para la administración de sus recursos provenientes de los sistemas de ahorro para el retiro y los servicios relacionados con la administración de los mismos, a las que se refieren las Leyes del SAR y del ISSSTE.
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Agentes por contratar seguros contra riesgos agropecuarios o seguros de vida que cubran riesgos de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones.
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Agentes y corresponsales de instituciones de crédito, por operaciones en las que dichas instituciones necesiten autorización para proporcionar financiamiento y se cumpla con lo siguiente:
*Que el crédito sea otorgado a personas físicas que realicen actividades empresariales, presten servicios personales independientes u otorguen el uso o goce temporal de bienes inmuebles.
*Que el crédito no haya sido otorgado a través de una tarjeta de crédito.
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Los servicios prestados de manera gratuita, excepto cuando los beneficiarios sean los miembros, socios o asociados de la persona moral que preste el servicio.
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Los servicios de enseñanza siguientes:
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Prestados por la Federación, el D.F., los estados, los municipios y sus organismos descentralizados.
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Prestados por establecimientos de particulares que cuenten con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios, en los términos de la Ley General de Educación.
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De nivel preescolar.
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El transporte en los casos siguientes:
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Público terrestre de personas, excepto el de ferrocarril.
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Marítimo internacional de bienes, prestado éste por residentes en el extranjero que no tengan establecimiento permanente en el país, excepto los servicios de cabotaje en territorio nacional.
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Seguros de:
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Riesgos agropecuarios.
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Vida señalados en la fracción IX del artículo 15 de la LGISMS, que cubran el riesgo de muerte u otorguen rentas vitalicias o pensiones.
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Por los...
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