Ante la liquidación de una sociedad civil, ¿cuál es el procedimiento que debe observarse para determinar el importe de la contribución de un socio industrial?

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Soy ingeniero y socio de una sociedad civil. En días pasados, por consentimiento unánime, decidimos disolver la sociedad civil. En cuanto a la liquidación para efectuar la devolución de las aportaciones de los socios capitalistas, entiendo que se les regresará el importe que aportaron, pero desconozco el procedimiento para determinar el importe que se les entregará a los socios industriales.

Lector de México, DF

Pregunta

Ante la liquidación de una sociedad civil, ¿cuál es el procedimiento que debe observarse para determinar el importe de la contribución de un socio industrial?

Respuesta

Según el artículo 2732 del Código Civil para el Distrito Federal (CCDF), ante la liquidación de una sociedad civil si alguno de los socios contribuye sólo con su industria, sin que ésta se hubiera estimado o se haya designado una cuota que por ella debiera recibir, se observarán las reglas siguientes:

1. Si el trabajo del socio industrial puede hacerse por otro, su cuota será la que corresponda por razón de sueldos u honorarios, y esto mismo se observará si son varios los socios industriales.

2. Si el trabajo no puede ser hecho por otro, su cuota será igual a la del socio capitalista que tenga más.

3. Si sólo hay un socio industrial y otro capitalista, las ganancias deberán ser divididas entre ambos socios en...

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