Del liberalismo a la paridad: tres modelos para pensar el matrimonio,el divorcio y la paternidad

AutorIsabel C. Jaramillo Sierra
CargoUniversidad de los Andes
Páginas67-101
ISONOMÍA No. 38, abril 2013, pp. 67-101
DEL LIBERALISMO A LA PARIDAD: TRES
MODELOS PARA PENSAR EL MATRIMONIO,
EL DIVORCIO Y LA PATERNIDAD*
From Liberalism to Parity: Three Models for Family Law
Isabel C. Jaramillo Sierra
Resumen
Los libros de doctrina o tratados pocas veces se hacen cargo de todas las conside-
raciones teóricas que están involucradas en exponer una materia. Estas conside-
raciones, por consiguiente, tienden a volverse una rutina que se repite sin muchas
consecuencias. El propósito de este trabajo es presentar tres modelos con los que
dentro de nuestra tradición, la latinoamericana, se han pensado las reglas sobre
  -
poráneo sobre la reforma de estas reglas al proporcionar herramientas, argumen-
tos y perspectivas sobre los límites y oportunidades de cada modelo.
Palabras clave
derecho de familia, teoría del derecho, pensamiento liberal, paridad.
Abstract
Treatises and handbooks rarely account for all the theoretical considerations in-
volved in the presentation of a topic. These considerations, therefore, tend to be-
come a routine that is repeated with little or no effect. The goal of this paper is to
present three models that have been used to construe and expound doctrine on ru-
les concerning marriage, divorce and parent child relationships in the Latin Ame-
rican Tradition. Lastly, my intention is to enrich the contemporary debate on the
reform of these rules by providing tools, arguments and perspectives on the limits
and opportunities of each model.
Isabel C. Jaramillo Sierra, Universidad de los Andes. Correspondencia: Facultad de Derecho. Ca-

* Agradezco al profesor Jorge Fabra por su invitación a escribir este artículo, a la profeso-
ra Lina Escobar por su invitación a presentarlo en la Universidad de Antioquia, Medellín, y a la
profesora Paola Bergallo por invitarme a presentarlo en la Universidad de Buenos Aires. Todas
-
dad de las ideas que aquí se presentan.
ISABEL C. JARAMILLO SIERRA
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ISONOMÍA No. 38, abril 2013, pp. 67-101
Keywords
family law, jurisprudence, liberalism, parity
Introducción
Los libros de doctrina o tratados pocas veces se hacen cargo de
todas las consideraciones teóricas que están involucradas en ex-
poner una materia. Estas consideraciones, por consiguiente, tienden a
volverse una rutina que se repite sin muchas consecuencias. El pro-
pósito de este trabajo es presentar tres modelos con los que dentro de
nuestra tradición, la latinoamericana, se han pensado las reglas sobre
matrimonio, divorcio y paternidad.1-
te contemporáneo sobre la reforma de estas reglas al proporcionar he-
rramientas, argumentos y perspectivas sobre los límites y oportunida-
des de cada modelo.
Para esto, en relación con cada modelo, señalaré el modo en el que
-
secuencias para la reforma legislativa y la construcción doctrinal, y sus
limitaciones o puntos ciegos. Evidentemente de esta manera el poten-
cial de persuasión de cada modelo se ve disminuido, pues para efectos
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punto de volverse casi irreconocible. No obstante, creo que el ejercicio
bien vale la pena si se logra aumentar las posibilidades de la aproxima-

Los tres modelos que voy a considerar son el modelo liberal, el mo-
delo social y el modelo de la paridad. Sugiero que el primero se carac-
terizó por centrar al individuo como ser libre y autónomo, capaz de
comprometer sus acciones futuras por el ejercicio de su voluntad. Este
modelo se volvió dominante a través de la diseminación de las doctri-
nas de Bentham y el Código Civil francés. Su principal limitación era
considerar que en el tema de matrimonio y procreación el ejercicio li-
1 Sobre la existencia de una tradición latinoamericana en derecho civil, véase Isabel C. Ja-
ramillo, “The Social Approach to Family Law: Conclusions from the Cannonical Family Law
Treatises of Latin America”, en American Journal of Comparative Law
Social Approach].
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bre de la voluntad solamente era relevante para decidir “entrar” o “sa-
lir” de la relación, pero la relación misma estaba marcada por el predo-
minio de la voluntad del esposo/padre.
El modelo social se basa en el supuesto de que la familia es un or-

volvió dominante a partir de los trabajos de Savigny y, en el contexto
latinoamericano, a partir de las doctrinas de Bonnecase y Josserand. Su
  
observación de la realidad y hacer prevalecer el interés en la “supervi-
vencia” de la familia por encima de otros intereses.
El modelo de la paridad comparte con el modelo liberal el compro-
miso con la noción del individuo libre y autónomo, pero considera que
las desigualdades asociadas al género deben ser corregidas a través de
medidas de responsabilidad objetiva. Este modelo se volvió dominante
a partir de los años setenta con la crítica feminista en Estados Unidos y
-

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reconoce que estos resultados son, al menos en buena parte, producto
de elecciones que han hecho los individuos.
Es crucial anotar que solamente en el modelo social hablamos estric-
tamente de derecho de familia para referirnos a las normas sobre matri-
monio, divorcio y paternidad. En los otros dos modelos nos referimos
a individuos, ya sea que se entiendan de modo abstracto o de manera
concreta y situada.
También vale la pena mencionar antes de comenzar que cada mode-
lo ha aportado no solamente un punto de vista y unos conceptos, sino
también reglas y doctrinas en las que los conceptos se materializan. Es-
tas reglas y doctrinas han tenido efectos distributivos de muy diversa
índole. En particular, han participado en la construcción de la raza, el
género y la sexualidad como criterios de asignación de recursos y va-
loración social. Esbozaré algunas intuiciones a este respecto pero en el
espacio de que dispongo no es posible elaborar de manera completa so-
bre el punto de la distribución.

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