Se libera en el IDSE la opción para que los prestadores de servicios outsourcing informen al IMSS por cada trabajador el nombre del beneficiario de sus servicios

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En el DOF del pasado 16 de marzo, el IMSS dio a conocer el "Acuerdo ACDO.SA1.HCT.240210/43.P.DIR del Consejo Técnico por el que se autoriza a la Dirección de Incorporación y Recaudación para liberar la aplicación informática que permitirá a los patrones o sujetos obligados a que se refiere el tercer párrafo del artículo 15-A de la Ley del Seguro Social, cumplir con la obligación prevista en el sexto párrafo del mismo precepto legal, a través del Sistema de Cómputo denominado IMSS Desde Su Empresa" (Acuerdo), mismo que entró en vigor el día siguiente al de su publicación, es decir, el 17 de marzo de 2010.

El artículo primero del Acuerdo autoriza a la Dirección de Incorporación y Recaudación del IMSS la liberación de la aplicación informática que permitirá a los patrones o sujetos obligados que en virtud de un contrato pongan a disposición trabajadores u otros sujetos de aseguramiento para que ejecuten los servicios o trabajos acordados bajo la dirección del beneficiario de los mismos, cumplir con lo dispuesto en el sexto párrafo del artículo 15-A de la LSS, es decir, acatar la obligación de incorporar por cada uno de sus trabajadores el nombre del beneficiario al que hayan sido asignados; en este sentido, el Acuerdo establece que tal deber se cumplirá mediante el sistema de cómputo denominado "IMSS desde su empresa (IDSE)" a través del Número patronal de identificación electrónica (NPIE) y certificado digital.

Conviene observar que el sexto párrafo del artículo 15-A de la LSS no señala la periodicidad en que se informará por cada uno de los trabajadores, el nombre del beneficiario de los servicios o trabajados contratados; no obstante, en su página de...

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