¿La LFT considera una sanción por pagar salarios inferiores al mínimo?

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Laboro como asistente de contabilidad en una empresa tequilera. En días pasados me percaté que a los trabajadores jornaleros sólo se les paga $50 por día, situación que me desconcierta pues el salario mínimo general para el área "B" es de $58.13. Ante ello, deseo saber si la legislación laboral establece una sanción por retribuir a los trabajadores una cantidad inferior al salario mínimo de su área geográfica.

Lector de Tlaquepaque, Jalisco

Pregunta

¿La LFT considera una sanción por pagar salarios inferiores al mínimo?

Respuesta

Sí, de acuerdo con el artículo 1004 de la LFT, el patrón de cualquier negociación industrial, agrícola, minera, comercial o de servicios que haga entrega a uno o varios de sus trabajadores cantidades inferiores al mínimo general, se le castigará con las penas siguientes:

1. Con prisión de seis meses a tres años y multa que equivalga hasta 50 veces el salario mínimo general vigente (SMGV) en el lugar y tiempo en que se cometa la violación, cuando el monto de la omisión no exceda del importe de un mes de SMGV.

2. Con prisión de seis meses a...

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