Las leyes y la jurisprudencia del enjuiciamiento criminal. Parte 15

Páginas309-330
DEL
ENJUICIAMIENTO
CRIMINAL.-ARTS.
421 Á 435
305
Los vigilantes de policía no ejercen jurisdicción
propia
ni
tienen
por
consiguiente
carácter
de
Autoridad,
sino de agentes de
la
misma.
-Sent.
12 Abril
del
86.
Al-t.
Ll3~.
Si
el
testigo no tuviere domicilio conocido ó
se ignorase su paradero, el
Juez
instructor
ordenará lo conve-
niente á los funcionarios de policía) ú oficiará á la
Autoridad
administrativa á quien corresponda
para
que lo averiguen y
le den
parte
del resultado dentro del plazo que les
hubiere
fijado.
Transcurrido este plazo sin
haber
averiguado el
paradero
del
testigo, se publicará la cédula de citación en el periódico oficial
del pueblo de
la
residencia del
Juez,
y en
su
defecto
en
cual-
quier otro que allí
se
publiqué.
Se
insertará
también
la
cédula, si el
Juez
lo estima conve-
niente,
en
los periódicos oficiales ó particulares de
la
capital
de
la
provincia y del
lugar
donde
se
presuma hallarse el testigo,
'y
en
la
Gaceta
de
Madrid.
En
estos casos se unirá á los autos
un
ejemplar
de
cada
pe-
riódico
en
que se hubiere publicado
la
citación.
Al-t.
4SS.
Al
presentarse
á declarar los testigos
entre·
garán
al
Secretario
la copia de
la
cédula de citación.
bos
testigos púberes
prestarán
juramento de decir todo lo
que
supieren respecto á lo que les fuere preguntado.
El
Juez
instructor,
antes
de recibir al testigo
púber
el
jura-
mento y de
interrogar
al
impúber, les
instruirá
de
la
obligación
que tienen de ser veraces, y
en
su
caso de las penas con que el
Código castiga el delito
de
falso testimonio en causa criminal.
Art.
LiSt.
El
juramento
se
prestará
en nombre de Dios.
Los testigos
prestarán
el
juramento
con arreglo á
su
religión.
_"-.-1,.
435
. Los testigos declararán separada y secreta..-
mente á presencia del
Juez
instructor
y del Secretario.
Si
lo
hi-
cieren
en
otra
forma, sálvo los casos especiales señalados
en
esta ley,
será
corregido disciplinariamente el
Juez
instructor,
á.
no
ser
que incurra en responsabilidad criminal
por
la
falta.
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"306
LA
LEY
Y
LA
JURISPRUDENCIA
1\rt
..
.136.
El
testigo manifestará primeramente
su
nom-
bre, apellidos
paterno
y materno, edad, estado y profesión, si
conoce ó no al procesado y á las demás partes, y si tiene con
ellos parentesco, amistad ó relaciones de cualquiera
otra
cla-
se, si
ha
estado procesado y
la
pena que se le impuso.
El
Juez
dejará
al testigo
narrar
sin interrupción los hechos
sobre
los cuales declare, y
sobmente
le exigirá las explicaciones
complementarias que sean conducentes á desvanecer los concep-
tos
oscuros ó contradictorios. Después le dirigirá las preguntas
que
estime oportunas
para
el esclarecimiento
de
los hechos.
La
enemistad inhabilita
para
ser testigo en causa ó pleito contra
el
que sea enemigo, si es motivada aquélla
por
acusación ó infamación
de
delitos á que correspondan penas graves ó el demandado hubiere
de
perder
la
mayor
parte
de sus bienes, en conformidad á la ley
22
,
tít..
16,
Partida
3.fJ.-S
en
t.
8 Hayo
del
76.
A
..
-t.
LlS'-.
Los testigos declararán de viva voz, sin que
les sea permitido leer declaración ni respuesta alguna que lle-
ven
escrita.
Podrán,
sin embargo, consultar algún apunte ó memoria que
contenga datos difíciles de recordar.
El
testigo
podrá
dictar las contestaciones
por
mismo.
Art.
LlS8.
El
Juez
instructor
podrá
mandar
que se
con-
duzca
al
testigo al lugar
en
que hubieren ocurrido los hechos,
y examinarle
alH
ó poner á
su
presencia los objetos sobre que
hubiere de versar
la
declaración.
En
este último caso,
podrá
el Jue7.
instructor
poner á presen-
cia del testigo dichos objetos, solos ó mezclados con otros seme-
jantes, adoptando además todas las medidas que su prudencia
le
sugiera
para
la
mayor exactitud
de
la
declaración .
4.
..
t.
Ll39.
No se
harán
al testigo
preguntas
capciosas
ni
sugestivas, ni se empleará coacción, engaño, promesa ni artifi-
cio alguno
para
obligarle ó inducirle á declarar
en
determina-
do
sentido.
Al-t.
LlIO.
Si
el testigo no entendiere ó no
hablare
el
idioma _español, se
nombrará
un
intérprete, que
prestará
á
su

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