Las leyes electorales mexicanas y su debida publicación antes del inicio del proceso electoral

AutorRené Casoluengo Méndez
CargoEgresado de la Escuela Nacional de Maestros y de la Facultad de Derecho de la UNAM
Páginas31-58
Quid Iuris, Año 10, Volumen 30 septiembre-noviembre 2015 31
LAS LEYES ELECTORALES MEXICANAS Y
SU DEBIDA PUBLICACIÓN ANTES DEL
INICIO DEL PROCESO ELECTORAL*
René Casoluengo Méndez**
SUMARIO: I. En México, las leyes electorales deberán promulgarse y
publicarse por lo menos noventa días antes de que se inicie un proceso
electoral y estará prohibido realizar modificaciones legales fundamentales
durante su desarrollo; II. El alcance de la expresión "modificaciones legales
fundamentales"; III. Excepciones al principio de certeza en materia electoral;
IV. Leyes electorales que se han promulgado y publicado en nuestro país
antes del inicio del proceso electoral 2014-2015; V. Conclusión general;
VI. Fuentes de consulta; VII. Anexo. Relación de Acciones de
Inconstitucionalidad interpuestas en contra de diversas Constituciones y
leyes promulgadas y publicadas con motivo de la Reforma Político-
Electoral 2013-2014.
* Ponencia XX Congreso Mexicano de Derecho Procesal a la memoria de los doctores Gonzalo
M. Armienta Calderón y Cipriano Gómez Lara, Instituto Mexicano de Derecho Procesal,
Colegio Nacional de Profesores de Derecho Procesal, "Dr. Cipriano Gómez Lara", Poder
Judicial del Estado de Durango, 26 al 28 de noviembre de 2014, Victoria de Durango, Durango.
** Egresado de la Escuela Nacional de Maestros y de la Facultad de Derecho de la UNAM con
mención honorífica. Es Maestro en Derecho egresado del Centro de Estudios de Posgrado en
Derecho, en el cual cursa actualmente los estudios de Doctorado en Derecho. Es autor del libro:
"El Sistema Integral de Justicia Electoral en México", publicado por la Editorial Porrúa y
coautor en la obra Estudios Iberoamericanos de Derecho Procesal. Actualmente se desempeña
como Profesor Investigador del Centro de Capacitación Judicial Electoral del TEPJF.
rene.casoluengo@te.gob.mx
Recibido: 14 de enero 2015
Aceptado: 28 de enero 2015
Quid Iuris, Año 10, Volumen 30 septiembre-noviembre 2015
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Resumen: El texto analiza la manera en que las leyes electorales, deberán promulgarse y
publicarse, es decir, por lo menos noventa días antes de que inicie el proceso electoral,
quedando prohibido realizar modificaciones legales fundamentales durante su desarrollo,
entendiendose como tales, cuando la modificación produzca una alteración en las bases,
reglas o cualquier otro elemento que rija el proceso electoral, mediante el cual se otorgue,
modifique o suprima algún derecho u obligación de cualquiera de los sujetos que intervienen
en el proceso.
Palabras clave: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, proceso electoral,
Suprema Corte de Justicia de la Nación, Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación,
acción de inconstitucionalidad, principio de certeza.
Abstract: This text analyzes the way in which electoral laws, shall be promulgated and
publicized, that is to say, at least ninety days before the electoral process begins, being
forbidden to make fundamental legal changes during development, understanding such as,
when modifying cause an abnormality on the basis, rules or any other element that governs
the electoral process, by which it is granted, modify or delete any right or obligation of any
of the persons involved in the process.
Key words: Mexican Political Constitution, electoral process, Supreme Court Justice,
Federal Electoral Court, action of unconstitutionally, principle of certainty.
René Casoluengo Méndez

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