Ley del Instituto de Seguridad y Servicios SocialES de los Trabajadores del Estado. VII-TASR-2NCII-11

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
31 de marzo del 2007, que en el caso resulta aplicable dado la incorporación
de la actora al Régimen del Artículo Décimo Transitorio de la citada ley
actualmente vigente, siendo que ese artículo es muy claro al establecer que
la pensión por viudez es compatible con el disfrute de otras pensiones o con
el desempeño de trabajos remunerados.
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 1327/13-05-02-4.- Resuelto por
la Segunda Sala Regional Norte-Centro II del Tribunal Federal de Justicia
Fiscal y Administrativa, el 30 de septiembre de 2013, por unanimidad de
votos.- Magistrado Instructor: Héctor Carrillo Maynez.- Secretario: Lic.
Jesús Lazalde Martínez.
LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
VII-TASR-2NCII-11
PENSIÓN POR VIUDEZ Y PENSIÓN POR CESANTÍA EN
ED AD AVANZADA. SU PAGO SERÁ SIN LA RESTRICCIÓN DE
QUE LA SUMA DE AMBAS NO PODRÁN EXCEDER EL MONTO
EQUIVALENTE A DIEZ VECES EL SALARIO MÍNIMO QUE DIC-
TAMINE LA COMISIÓN NACIONAL DE SALARIOS MÍNIMOS.-
Le asiste la razón a la actora cuando señala que el pago de sus pensiones
por viudez y cesantía en edad avanzada, que son compa tibles, será s in la
restricción de que la suma de ambas no podrán exceder el monto equi-
valente a diez veces el salario mínimo que dictamine la Comi sión Naci onal
de Salarios Mínimos, ya que el restringir el derecho a percibir íntegra-
mente las pensiones de que se trata, cuando la suma de ambas rebase
los 10 salarios mínimos previstos como cuota máxima de cotización
en el artículo 15 de la ley vigente hasta el 31 de marzo del 2007, viola la
garantía de seguridad social y el principio de la previsión social que se
deriva del artículo 123, Apartado B, fracción XII, inciso a) constitucional;
dicha restricción aplica solo en lo individual a cada una de las pensiones
a que se tiene derecho.

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