Ley de la Propiedad industrial. VI-TASR-EPI-137

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REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
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por mayoría de 2 votos a favor y 1 voto con los puntos resolutivos.- Magistrada
Instructora: María Teresa Olmos Jasso.- Secretario: Lic. Jorge Luis Rivera Medel.
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PROPIEDAD INDUSTRIAL.- MARCAS, USO INDEBIDO.- Los artículos 87
y 213, fracción IV de la Ley de la Propiedad Industrial protegen el derecho al uso
exclusivo de una marca, y se puede sostener, para el efecto de hacer una declaración
administrativa de infracción, que una marca es usada indebidamente cuando un com-
petidor la asocia a su propia marca y a su producto, esto es, se trata del fabricante o
productor de la mercancía que utiliza una marca parecida en grado de confusión a
otra registrada, para amparar los mismos o similares productos o servicios que los
protegidos por la registrada. (90)
Juicio Contencioso Administrativo Núm. 704/08-EPI-01-1.- Resuelto por la Sala Re-
gional en Materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y
Administrativa, el 20 de marzo de 2009, por unanimidad de votos.- Magistrada Ins-
tructora: Luz María Anaya Domínguez.- Secretaria: Lic. Guadalupe del Consuelo
Zurita Mézquita.
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COORDINADORA DEPARTAMENTAL DE EXAMEN DE SIGNOS DIS-
TINTIVOS “B”, DEL INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD IN-
DUSTRIAL.- FACULTADES PARA EMITIR RESOLUCIONES QUE OTOR-
GUEN O NIEGUEN LOS REGISTROS DE MARCAS.- Si la Coordinadora

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