Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. VIII-P-1aS-392

Páginas136-138
PRIMERA SECCIÓN 136
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
VIII-P-1aS-392
INCIDENTE DE INCOMPETENCIA POR RAZÓN DEL
TERRITORIO. CORRESPONDE A LA PARTE ACTORA
DESVIRTUAR EL CONTENIDO DE LA COPIA CERTIFI-
CADA DEL REPORTE GENERAL DE CONSULTA DE IN-
FORMACIÓN DE CONTRIBUYENTE.- El artículo 34 de la
Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Ad-
ministrativa en vigor a partir del 07 de diciembre de 2007,
establece que se presumirá como domicilio scal de la parte
actora, el señalado en el escrito inicial de demanda, salvo
que la parte demandada demuestre lo contrario; por otra
parte, la copia certicada del Reporte General de Consul-
ta de Información de Contribuyente tiene valor probatorio
pleno para demostrar el domicilio scal de la parte actora
en términos de los artículos 210-A del Código Federal de
Procedimientos Civiles de aplicación supletoria en la mate-
ria; en tal virtud, si la autoridad demandada exhibe la copia
certicada aludida, y en la misma consta un domicilio dis-
tinto al señalado en la demanda, y la parte actora objeta su
contenido, corresponde a esta la carga probatoria de de-
mostrar que su domicilio scal al momento de presentar la
demanda, es diverso al señalado en la copia certicada del
aludido Reporte General de Consulta.

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