Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa. Jurisprudencia Núm. VII-J-SS-243

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JURISPRUDENCIAS DE SALA SUPERIOR - PLENO
JURISPRUDENCIA NÚM. VII-J-SS-243
LEY ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
RECURSO DE REVISIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA.- ES
PROCEDENTE EN CONTRA DE LA RESOLUCIÓN EMITI-
DA POR FINANCIERA RURAL, A TRAVÉS DE LA CUAL
NIEGA UN APOYO PREVISTO EN LOS PROGRAMAS DE
LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DE-
SARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN.- En térmi-
nos del artículo 5 con relación a la fracción IV del artículo 6,
55, fracción VIII del artículo 64 del acuerdo por el que se dan
a conocer las reglas de operaciones de dichos programas,
publicado en el Diario O cial de la Federación el treinta y uno
de diciembre de dos mil diez, es un derecho de los bene cia-
rios la interposición de los medios de defensa establecidos
en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además
se advierte que las resoluciones recaídas a las solicitudes
de apoyo deberán noti carse sin menoscabo de las formas
de noti cación establecidas en dicha ley, y se dispone que la
cancelación del apoyo deberá efectuarse previa tramitación
de un procedimiento conforme el citado ordenamiento legal.
Por tales fundamentos y motivos, si Financiera Rural niega a
un particular un apoyo, como autoridad ejecutora, conforme
a las citadas reglas de operaciones, entonces, es procedente
el recurso de revisión previsto en el artículo 83 de la ley en
comento. No es óbice que el artículo 1 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo prevea que no es aplicable a
la materia nanciera y que Financiera Rural, conforme a los
artículos 1, 2, 6 y 11 de su Ley Orgánica, realiza funciones de

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