Ley orgánica de la procuraduría de la defensa del contribuyente. VII-CASR-CA-14

Páginas330-331
CRITERIO AISLADO 330
REVISTA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA
SALA REGIONAL DEL CARIBE
LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA
DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYENTE
VII-CASR-CA-14
PROCURADURÍA DE LA DEFENSA DEL CONTRIBUYEN-
TE. LAS MULTAS IMPUESTAS A LOS PARTICULARES
CON SUSTENTO EN CRITERIOS NORMATIVOS INTER-
NOS TRANSGREDEN LOS PRINCIPIOS DE LEGALIDAD
Y SEGURIDAD JURÍDICA.- De acuerdo con los menciona-
dos principios, las conductas ilícitas y las sanciones corres-
pondientes deben estar predeterminadas normativamente
de manera clara y precisa; de tal forma que se permita al
gobernado predecir con suciente grado de seguridad las
consecuencias de su actuar. Ahora bien, el artículo 28, frac-
ción I, numeral 1 de la Ley Orgánica de la Procuraduría de
la Defensa del Contribuyente, prevé una sanción para los
servidores públicos de las autoridades scales federales
que no rindan el informe requerido en el plazo y términos
establecidos, o no acompañen los documentos a que se
reere el artículo 19 de la propia ley, o no entreguen los
documentos o den los datos adicionales solicitados. Dichos
supuestos de infracción están dirigidos claramente a los
servidores públicos; por lo que, sus consecuencias legales
no pueden ser aplicadas a los particulares. En este sentido,
las sanciones impuestas a los particulares con sustento en
el Criterio Normativo 5/2013/CTN/CN, emitido por el Comité
Técnico de Normatividad de la referida procuraduría, en el
que se equipara como servidores públicos a quienes actúen

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